La contribución INACAP es obligatoria para todos los empleadores con personal comprendido en el convenio de empleados de comercio CTT Nº 130/75 figura en el convenio en su Capitulo XVIII articulo Nº 102.
Instituto Nacional de Capacitación Profesional y Tecnológico Para Empleados de Comercio
Art. 102º.- «Créase el Instituto Nacional de Capacitación Profesional y Tecnológico para Empleados de Comercio (INCAPTEC), que tendrá a su cargo la orientación y capacitación profesional de los empleados de comercio.
Dicho organismo se financiará con un aporte a cargo de los empleadores de $a …. mensuales para cada empleado comprendido en el presente Convención Colectiva de Trabajo.
En el término de 180 días a partir de la homologación del presente Convenio de Confederación General de Empleados de Comercio instrumentará la reglamentación y puesta en marcha de este Instituto a través de los organismos competentes.»
Como vemos tardo un POCO pero esta en el convenio colectivo de Trabajo de los Empelados de Comercio, también se modifico el nombre INACAP reemplazo a INCAPTEC, y el importe ya que en el año 1975 existían los pesos argentinos.
Adjuntamos la Resolución completa y agradecemos a CONTABLE su colaboración
Bajar resolución INACAP
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La contribucion se calcula sobre el total de la masa salarial de empleados comprendidos en el convenio… o solamente sobre la masa salarial de empleados afiliados???
Hola Gisela:
Es una contribución patronal no un aporte no va en el recibo, se aplica sobre los sueldos de julio.
gracias
Hola Graciela!
Una consulta, a partir de cuando empieza a regir este articulo????… se debe registrar en el recibo de sueldo?..
Gracias!
Saludos Cordiales!
Hola German.
El libro de sueldos y jornales es OBLIGACION que este rubricado, antes de hacerlo, si lo queres hacer por computación tendrias que enumerar la hojas y luego rubricarlas en el ministerio de trabajo, si no tenes un sistema de sueldo y jornales computarizado es un poco dificil pero no imposible seria bueno averiguar en el ministerio si te aceptan y luego avisame y confeccionamos uno peor tambien se necesitan planillas personales enumeradas y rubricadas. si voy al Ministerio averiguo y si vos averiguas pero todo completo que se necesita, contame y vemos ok.
gracias
Hola Graciela: el libro de sueldos y jornales del art. 52 lo puedo hacer en excel?? no tenes un modelo o formato para facilitarme? muchas gracias.