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INACAP contribución obligatoria para todos los empleados de comercio, Resolución

La contribución INACAP es obligatoria para todos los empleadores con personal comprendido en el convenio de empleados de comercio CTT Nº 130/75 figura en el convenio en su Capitulo XVIII articulo Nº 102. Instituto Nacional de Capacitación Profesional y Tecnológico Para Empleados de Comercio Art. 102º.- «Créase el Instituto Nacional de Capacitación Profesional y Tecnológico para Empleados de Comercio (INCAPTEC), que tendrá a su cargo la orientación y capacitación profesional de los empleados de comercio. Dicho organismo se financiará con un  aporte a cargo de los empleadores de $a …. mensuales para cada empleado comprendido en el presente Convención Colectiva de Trabajo. En el término de 180 días a partir de la homologación del presente Convenio de Confederación General de […]

La contribución INACAP es obligatoria para todos los empleadores con personal comprendido en el convenio de empleados de comercio CTT Nº 130/75 figura en el convenio en su Capitulo XVIII articulo Nº 102.

Instituto Nacional de Capacitación Profesional y Tecnológico Para Empleados de Comercio

Art. 102º.- «Créase el Instituto Nacional de Capacitación Profesional y Tecnológico para Empleados de Comercio (INCAPTEC), que tendrá a su cargo la orientación y capacitación profesional de los empleados de comercio.

Dicho organismo se financiará con un  aporte a cargo de los empleadores de $a …. mensuales para cada empleado comprendido en el presente Convención Colectiva de Trabajo.

En el término de 180 días a partir de la homologación del presente Convenio de Confederación General de Empleados de Comercio instrumentará la reglamentación y puesta en marcha de este Instituto a través de los organismos competentes.»

Como vemos tardo un POCO pero esta en el convenio colectivo de Trabajo de los Empelados de Comercio, también se modifico el nombre INACAP reemplazo a INCAPTEC, y el importe ya que en el año 1975 existían los pesos argentinos.

Adjuntamos la Resolución completa y agradecemos a CONTABLE su colaboración

Bajar resolución INACAP

resolucion-inacap.pdf

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27 comentarios en “INACAP contribución obligatoria para todos los empleados de comercio, Resolución”

  1. Hola Nora:

    Tenes la obra social y el sindicato. Cobertura medica y los beneficios del sindicato acercate al mismo y pregunta por los recreos , hoteles, excursiones, ademas de tener abogados

    gracias

  2. quiero saber cuales son las retenciones que me corresponden y cuales son los beneficios de cada retencion por estar en el convenio 130/75
    muchas gracias

  3. Buen dia! mi consulta es por el aporte que figura en recibo de sueldo del 2% sec.. queremos darlo de baja los empleados, podemos? cuál sería el procedimiento?
    muchas gracias.-

  4. Que forma hay de dar de baja a una empresa del INACAP?, deberian implementarlo solo en empresas que no capaciten al personal o no lo actualicen con cursos o charlas. Hay muchas empresas que si lo hacen y los empleados nunca asistiran a este instituto.-

Los comentarios están cerrados.

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