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AFIP: Instrucciones para Presentar Ganancias y Bienes Personales 2010 – Nuevo Aplicativo y Vencimientos

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, como ya hemos publicado lanzó un manual para que los contribuyentes cumplan con la confección y presentación de las declaraciones juradas anuales del año 2009, de los impuestos de Ganancias y sobre los Bienes Personales, modificando el software, denominado “Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales – versión 11.0” . Pero como complemento publicó una guía extensa detallando los pasos a seguir. Los contribuyentes deberán actualizar el aplicativo y ya se puede bajar de Internet de la página Web de la AFIP la nueva herramienta que reformula la tarea de confección y presentación de las presentaciones impositivas anuales, denominada: “Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales – versión 11.0”. De manera complementaria el organismo publicó […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, como ya hemos publicado lanzó un manual para que los contribuyentes cumplan con la confección y presentación de las declaraciones juradas anuales del año 2009, de los impuestos de Ganancias y sobre los Bienes Personales, modificando el software, denominado “Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales – versión 11.0” . Pero como complemento publicó una guía extensa detallando los pasos a seguir.

Los contribuyentes deberán actualizar el aplicativo y ya se puede bajar de Internet de la página Web de la AFIP la nueva herramienta que reformula la tarea de confección y presentación de las presentaciones impositivas anuales, denominada: “Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales – versión 11.0”.

De manera complementaria el organismo publicó un manual detallando los pasos a seguir por los contribuyentes al momento de cumplir con los Impuestos de Ganancias y sobre los Bienes Personales.

Por lo que las personas físicas que, a partir de hoy,  19 de marzo de 2010 para presentar las declaraciones juradas del año 2009 originales o rectificativas de los periodos fiscales años 2007 y 2008 deberán obligatoriamente utilizar el programa aplicativo unificado  versión 11.0

Como ya lo anticipáramos el nuevo aplicativo introduce los siguientes cambios:

  • Se deberá detallar los bienes que están alcanzados por convenios de doble imposición. De manera obligatoria deberán consignar las operaciones realizadas que se encuentren amparadas bajo dichos convenios.
  • Debiendo las personas físicas precisar los montos de los impuestos análogos pagados en el exterior.
  • De poseer alguna participación societaria, se vera en la obligación de consignar el detalle de los bienes de uso para aprovechar el cómputo de la amortización acelerada en Ganancias.
  • Las correspondientes Declaraciones Juradas se deberán presentar a través de transferencia electrónica de datos a través del sitio web de la AFIP o utilizando la página web del banco de confianza del contribuyente.

El cronograma de vencimientos que deberán respectar las personas físicas que no posean participación en sociedades,  para las presentaciones y pagos de las Declaraciones Juradas  serán:

Vencimientos Presentación por Transferencia Electrónica de Datos de la Declaración Jurada Anual de Ganancias y de Bienes Personales año 2009
Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0 – 1 19/04/2010
2 – 3 20/04/2010
4 – 5 21/04/2010
6 – 7 22/04/2010
8 -9 23/04/2010
 
Ingreso del Saldo Resultante
Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0 – 1 20/04/2010
2 – 3 21/04/2010
4 – 5 22/04/2010
6 – 7 23/04/2010
8 -9 26/04/2010

Mientras que las personas físicas con participación en sociedades:

Vencimientos Presentación con Participación en Sociedades, por Transferencia Electrónica de Datos de la Declaración Jurada Anual de Ganancias y de Bienes Personales año 2009
Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0 – 1 10/05/2010
2 – 3 11/05/2010
4 – 5 12/05/2010
6 – 7 13/05/2010
8 -9 14/05/2010
 
Ingreso del Saldo Resultante
Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0 – 1 11/05/2010
2 – 3 12/05/2010
4 – 5 13/05/2010
6 – 7 14/05/2010
8 -9 17/05/2010

Personas Físicas obligadas a la presentación de las Declaraciones Juradas:

Deben Presentar las Declaraciones Juradas las Siguientes Personas Físicas
Ganancias Bienes Personales
Inscriptos en el Impuesto Inscriptos en el Impuesto
Autónomos que obtengan ingresos por cualquier actividad (excepto los Monotributistas que perciban la totalidad de sus ingresos dentro del Régimen Simplificado). Personas que al 31 de diciembre de 2009 posean bienes que superen los $305.000.-
Trabajadores en Relación de Dependencia que perciban ingresos brutos anuales iguales o superiores a $144.000.- Trabajadores en Relación de Dependencia que perciban ingresos brutos anuales iguales o superiores a $ 96.000.-
 

El nuevo aplicativo posee un régimen simplificado, que lo  deberán utilizar los contribuyentes para su presentación de Ganancias exclusivamente, con un límite de ingreso anual de $144.000.- Solamente podrán utilizar esta aplicación cuando haya obtenido ganancias:

Régimen Simplificado para ser exclusivamente utilizado por personas con un límite de $144.000.- y sólo cuando reciban rentas de:
Desempeño de Cargos Públicos
Trabajo en Relación de Dependencia
Jubilaciones Pensiones Retiros o Subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal.
Obtención de rentas gravadas, cuando se haya optado por todas ellas por el régimen del Monotributo.
 

Al momento de la confección de la Declaración Jurada del impuesto a las Ganancias se deberá tener en cuenta con respecto a personas físicas y sucesiones indivisas, que los rendimientos generados a lo largo del año calendario:

  1. Monto del consumo: se traduce en los gastos que el contribuyente realiza para mantener su nivel de vida. Si el valor informado es más bajo que el nivel de vida real, la AFIP puede presumir ingresos no declarados.
  2. Gastos deducibles: Erogaciones necesarias que se efectúan para obtener, mantener y conservar la renta gravada. Los mismos deben estar perfectamente documentados y relacionados con la generación de las ganancias.

El impuesto sobre los Bienes Personales grava el conjunto de bienes que posee una persona al 31 de diciembre de cada año. De acuerdo al régimen vigente establece que cuando los bienes no superen los $305.000.- se deberá aplicar una una alícuota de 0%, con  un esquema progresivo de la siguiente manera:

Esquema de alícuotas a aplicar en el Impuesto sobre los Bienes Personales
Importes Alícuotas
Bienes Inferiores a $305.000.- 0%
Bienes desde $305.001.- menores a $750.000.- 0.50%
Bienes desde $ 750.001.- menores a $ 2.000.000.- 0.75%
Bienes desde 2.000.001.- menores a $ 5.000.000.- 1.00%
Bienes que exceden los $ 5.000.000 1.25%
   

La AFIP explicó que mediante el nuevo manual los contribuyentes tendrán una guía de ayuda que les brindará lineamientos generales y especificaciones técnicas de como deberá utilizar el Aplicativo de Ganancias Personas Físicas y sobre los Bienes Personales:

  • Operaciones técnicas y funcionales propias del aplicativo.
  • Pautas generales para la correcta liquidación unificada de los impuestos.
  • Procesos operativos necesarios para la confección de la Declaración Jurada Anual.

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24 comentarios en “AFIP: Instrucciones para Presentar Ganancias y Bienes Personales 2010 – Nuevo Aplicativo y Vencimientos”

  1. Hola Graciela,
    Soy empleada en relación de dependencia y mis ingresos superan los 96.000. Debería completar el formulario de bienes personales o lo hace mi marido? (sus ingresos no superan los 96.000). Si yo tengo mis ingresos, el total de los bienes gananciales se divide por dos? Muchas gracias!

  2. SOY DOCENTE JUBILADA SIN JERARQUÍA, DE LA PROVINCIA DE SANTA FE. EN LOS RECIBOS DE SUELDO SE ME REALIZA, MENSUALMENTE, EL DESCUENTO PROMOVIDO POR LA ENTIDAD RECAUDADORA AFIP, QUE ES ABUSIVO, EXCESIVO Y DISCRIMINATORIO, POR LO QUE PENSÉ EN REALIZARLE JUICIO POR LOS MOTIVOS QUE ACUSO.
    HOY, ADEMÁS, RECIBÍ UNA NOTA EN LA QUE SE ME CONSIDERA OBLIGADA A PRESENTAR DECLARACIÓN JURADA DE GANANCIAS Y BIENES. AL RESPECTO, COMUNICO A LA ENTIDAD, QUE SI TENGO ALGÚN DISCRETO BIEN, ES PORQUE SUPE AHORRAR DURANTE CUARENTA Y CUATRO AÑOS DE TRABAJO ININTERRUMPIDO, HONESTO Y PRECARIAMENTE RECONOCIDO Y, QUE YO SEPA, NO HAY NINGUNA CARGA PRIVADA NI PÚBLICA,SOBRE LAS PERSONAS QUE SOLEMOS HACER MILAGROS CON LO QUE SE NOS PAGA Y,QUE, EN LOS PEORES MOMENTOS DEL PAÍS, QUE FUERON CASI TODOS LOS QUE CONOCÍ, SUPIMOS AGUZAR EL INGENIO Y AHORRAR MONEDAS, CAMINAR OCHENTA CUADRAS PARA IR A DAR CLASE

    ES LA CLASE TRABAJADORA DE SIEMPRE LA QUE BREGA HACIA ADELANTE, COMO MÁQUINA VIEJA Y CANSADA, LA CASTIGADA, LA PERSEGUIDA, LA HUMILLADA…
    CON RESPECTO A MI DECLARACIÓN JURADA, SOLICITO QUE SE PRESENTE EN EL LUGAR EN EL QUE RESIDO, UN CONTADOR DE OFICIO, PARA HACERLA, PORQUE NO VOY A PERMITIR QUE SE ME OBLIGUE A PAGAR A LADRONES PARA QUE ME ROBEN COMO SIEMPRE. ATTE

  3. Soy empleado en relacion de dependencia con mas de 144 mil por año de sueldo y tengo bienes por mas de 305 mil. El tipo de DDJJ en el aplicativo que tengo que hacer es la «DDJJ de Ganancias y Bienes personales» o la «DDJJ 4ta categoria exclusivamente»?
    Por otro lado, la tenencia de acciones que cotizan en bolsa (tenaris, petrobras, TGS, etc) estan alcanzadas o estan exentas? asociado a esto ultimo que se debe poner en «¿Este bien fue exteriorizado por la Ley 26.476 – Título III?»
    Por ultimo, un credito personal lo ingreso en la parte de credito y lo pongo como «exento» o como seria para que me disminuir la base para la determinacion del impuesto global? Muchas Gracias.

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