Carlos Tomada, ministro de Trabajo Nacional el día 8 de marzo de 2010 presentó un nuevo proyecto de Ley del Servicio Doméstico para regular el régimen laboral, que de aprobarse le costará a los empleadores un 15% más caro la contratación de estos trabajadores. La nueva normativa propone se le otorgue a la actividad doméstica la misma categoría legal de un asalariado bajo relación de dependencia de una empresa.
En la actualidad una trabajadora del servicio doméstico que trabaja 8 horas diarias con retiro cobra $1.347.56, por la nueva normativa no podrá cobrar menos de 1.500.- (importe del actual salario mínimo, vital y móvil) a lo que habrá que sumarle los aportes a la seguridad social $81.75 debiendo pagar como mínimo $ 1.581.75, esto en la categoría más baja.
CATEGORÍA |
ACTIVIDAD DESARROLLADA |
Remuneraciones |
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Personal Con Retiro 8 horas | Personal Sin Retiro | ||||
Sueldo Actual |
Proyecto | Sueldo Actual |
Proyecto |
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PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1656.72 | $1920.71 | $ 1846.70 | $ 2131.59 |
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. | $ 1537.54 | $1788.42 | $ 1713.36 | $ 1983.57 |
QUINTA | Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias | $ 1347.56 | $ 1500.00 |
Sin embargo actualmente solamente un 13% de los trabajadores del servicio doméstico se encuentran registrados formalmente y cobrando los valores que fijo el Ministerio de Trabajo. Lo que le significaría a los empleadores un incremento mayor al 50%, según una explicación dada al diario Ámbito Financiero por Carlos Brassesco, asesor legal del Sindicato de Empleados Domésticos: “Gran parte del personal doméstico que trabaja en negro lo hace a cambio de sueldos muy bajos, donde suele pagarse no más de $ 600 por mes a cambio de 40 horas de trabajo a la semana”. Opinando que si bien la Ley tiene algunas debilidades, pondrá orden a una actividad que por lo general y tradicionalmente se practica en “negro”.
El especialista sostiene que entre las faltantes de la iniciativa es que se deberá reconocer a un trabajador la antigüedad sin aclarar si al momento de determinarla se contemplaran los años que este empleado se ha desempeñado anterior al blanqueo. No debe ser un dato menor ya que es de suma importancia al momento de una disputa laboral al definir las indemnizaciones correspondientes en los casos de despido.
Las mujeres que se desempeñan en el servicio doméstico gozarán de la licencia por maternidad debiendo percibir el sueldo correspondiente.
Los aportes se deberán hacer sin limites de horas, en la actualidad se comienza a partir de las seis horas semanales.
La figura del “dador de trabajo” será reemplazada por la de “empleador” debiendo este, inscribirse como tal en la AFIP, por lo que Jorge Colina, titular del Instituto para el Desarrollo Social Argentino, IDESA, considera que: “Lo único que se conseguirá si se aprueba esta ley es que haya un incumplimiento masivo de la norma. Es irrisorio asimilar el servicio doméstico a la misma categoría legal de un trabajador asalariado en una empresa porque las familias contratantes carecen de las capacidades económicas y administrativas que tienen las compañías”.
Desde este Instituto sostienen que durante el año 2000 se realizaron reformas administrativas simplificando los procedimientos para que se blanqueen al servicio doméstico, sumándole a esto los descuentos a realizar en el Impuesto a las Ganancias y solamente se logró que un 13% se inscribiera quedando afuera más de un millón de trabajadores en “negro” por lo que Colina remarcó que: “Los que blanquearon personal son los más adinerados, a los que les convenía hacerlo para obtener a cambio un descuento en el Impuesto a las Ganancias. Pero el 80% de los empleadores en el servicio doméstico es de clase media. Para esos hogares hoy resulta imposible pagar un sueldo de $ 1.600 como deberán pagar a partir de la aplicación de la norma”
El especialista sostiene que esta nueva norma en lugar de ayudar a blanquear a las personas podrá fomentar una ola de despidos y engrosaría los ingresos de la industria del juicio laboral.
De todas maneras si bien desde el Ministerio de Trabajo niegan las versiones que circulan en el mercado sobre un inminente aumento en los salarios del personal doméstico, no se descarta que si deberán analizar los reclamos de los sindicatos que representan a los empleados domésticos, ya que desde allí se pide al Gobierno ajustes de sueldos equiparándolo al Salario Mínimo Vital y Móvil.
Ámbito Financiero
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Muchas gracias Graciela por tu respuesta. Ahora, dime cómo se relacionan los 1891,17
con la Tabla que está arriba, porque no veo de donde sale el dato.
Debo figurar como en relación de dependencia? porque mi patrón dice que me conviene figurar como autónoma.
Graciela: Quién eres tú?
Un abrazo cordial. Emilce
Emilce
De acuerdo a la actividad esta la categoría y de la tabla se saca el valor por mes completo, si no trabaja las 8 horas diarias se divide por dos y se saca lo que gana por trabajar media jornada y a eso se le adicciona $12.55 por cada hora excedente
Por favor, necesito saber cuánto debo ganar si trabajo de 8 a 19:00hs de lunes a viernes. Hago todos los trabajos como si fuera la dueña de casa (hasta las compras). He criado los niños desde su nacimiento, hago comidas especiales para regímenes,etc.
Puedo figurar como autónoma? Muy agradecida!
Emilce
Te tienen que hacer los aportes como servicio domestico
Sueldo $1891.17 por trabajar 8 horas de lunes a viernes, mas $12.55 por cada hora excedente
Por favor necesitaría saber si a mayo de 2011 está determinada la Tabla de los salarios mínimos para el personal doméstico.Gracias
Emilce
Sigue vigente la del 2010
Queria consultarle cual es el sueldo que debo cobrar por trabajar de lu a vi de 07.30 a 16.30, cuidando a un niño y a un bebito y realizando tareas de limpieza. Atte.
Viviana
$1891.17 por trabajar 8 horas de lunes a viernes, mas $12.55 por cada hoa excedente