Carlos Tomada, ministro de Trabajo Nacional el día 8 de marzo de 2010 presentó un nuevo proyecto de Ley del Servicio Doméstico para regular el régimen laboral, que de aprobarse le costará a los empleadores un 15% más caro la contratación de estos trabajadores. La nueva normativa propone se le otorgue a la actividad doméstica la misma categoría legal de un asalariado bajo relación de dependencia de una empresa.
En la actualidad una trabajadora del servicio doméstico que trabaja 8 horas diarias con retiro cobra $1.347.56, por la nueva normativa no podrá cobrar menos de 1.500.- (importe del actual salario mínimo, vital y móvil) a lo que habrá que sumarle los aportes a la seguridad social $81.75 debiendo pagar como mínimo $ 1.581.75, esto en la categoría más baja.
CATEGORÍA |
ACTIVIDAD DESARROLLADA |
Remuneraciones |
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Personal Con Retiro 8 horas | Personal Sin Retiro | ||||
Sueldo Actual |
Proyecto | Sueldo Actual |
Proyecto |
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PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1656.72 | $1920.71 | $ 1846.70 | $ 2131.59 |
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. | $ 1537.54 | $1788.42 | $ 1713.36 | $ 1983.57 |
QUINTA | Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias | $ 1347.56 | $ 1500.00 |
Sin embargo actualmente solamente un 13% de los trabajadores del servicio doméstico se encuentran registrados formalmente y cobrando los valores que fijo el Ministerio de Trabajo. Lo que le significaría a los empleadores un incremento mayor al 50%, según una explicación dada al diario Ámbito Financiero por Carlos Brassesco, asesor legal del Sindicato de Empleados Domésticos: “Gran parte del personal doméstico que trabaja en negro lo hace a cambio de sueldos muy bajos, donde suele pagarse no más de $ 600 por mes a cambio de 40 horas de trabajo a la semana”. Opinando que si bien la Ley tiene algunas debilidades, pondrá orden a una actividad que por lo general y tradicionalmente se practica en “negro”.
El especialista sostiene que entre las faltantes de la iniciativa es que se deberá reconocer a un trabajador la antigüedad sin aclarar si al momento de determinarla se contemplaran los años que este empleado se ha desempeñado anterior al blanqueo. No debe ser un dato menor ya que es de suma importancia al momento de una disputa laboral al definir las indemnizaciones correspondientes en los casos de despido.
Las mujeres que se desempeñan en el servicio doméstico gozarán de la licencia por maternidad debiendo percibir el sueldo correspondiente.
Los aportes se deberán hacer sin limites de horas, en la actualidad se comienza a partir de las seis horas semanales.
La figura del “dador de trabajo” será reemplazada por la de “empleador” debiendo este, inscribirse como tal en la AFIP, por lo que Jorge Colina, titular del Instituto para el Desarrollo Social Argentino, IDESA, considera que: “Lo único que se conseguirá si se aprueba esta ley es que haya un incumplimiento masivo de la norma. Es irrisorio asimilar el servicio doméstico a la misma categoría legal de un trabajador asalariado en una empresa porque las familias contratantes carecen de las capacidades económicas y administrativas que tienen las compañías”.
Desde este Instituto sostienen que durante el año 2000 se realizaron reformas administrativas simplificando los procedimientos para que se blanqueen al servicio doméstico, sumándole a esto los descuentos a realizar en el Impuesto a las Ganancias y solamente se logró que un 13% se inscribiera quedando afuera más de un millón de trabajadores en “negro” por lo que Colina remarcó que: “Los que blanquearon personal son los más adinerados, a los que les convenía hacerlo para obtener a cambio un descuento en el Impuesto a las Ganancias. Pero el 80% de los empleadores en el servicio doméstico es de clase media. Para esos hogares hoy resulta imposible pagar un sueldo de $ 1.600 como deberán pagar a partir de la aplicación de la norma”
El especialista sostiene que esta nueva norma en lugar de ayudar a blanquear a las personas podrá fomentar una ola de despidos y engrosaría los ingresos de la industria del juicio laboral.
De todas maneras si bien desde el Ministerio de Trabajo niegan las versiones que circulan en el mercado sobre un inminente aumento en los salarios del personal doméstico, no se descarta que si deberán analizar los reclamos de los sindicatos que representan a los empleados domésticos, ya que desde allí se pide al Gobierno ajustes de sueldos equiparándolo al Salario Mínimo Vital y Móvil.
Ámbito Financiero
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hola quiria saber cuanto debo pagar para que solamente me cuiden dos niños de lunes a viernes 8 hs. por dia, o 40 hs. semanales.
y otra pregunta que quiero hacer es; QUE PASA SI TENES UNA EMPLEADA EN BLANCO Y LE PAGAS MENOS DE LO DEBERIAS?
Andrea
$1847.63 Si le pagas menos de lo que deberías te puede hacer juicio y ganarte
Graciela, buenas tardes: Tengo una persona en blanco que se encarga de mis 2 hijos (4 y 9 años) y trabaja 22 hs. por semana. Tareas que realiza: les cocina, lava la ropa, los va a buscar al cole y ordena sus cosas. Ahora le estoy pagando $850 y yo me hago cargo del total de los $81,75 de aportes. Cuanto le tendre que pagar cuando salga esta nueva resolucion? Cuando se homologa? Por las dudas te aclaro que para tareas de limpieza tengo otra persona que cobra $15 la hora, la niñera solo se encarga de los chicos.
Muchas gracias por tu respuesta!!!
Gabriel
No pones los dias y horas que trabaja, pero bueno por 20 horas semanales, o sea 4 horas diarias de lunes a viernes, o sea 88 horas al mes, $ 923.82, mas $12.55 por cada hora excedente
De nada
Tengo que realizar un ajuste por diferencias salariales. Si la empleada domestica trabaja de lunes a viernes de 8 a 12.30 deberia cobrar solo $ 673.78 (actividades de quinta categoria) mensual.
O habria que tomar esa 1/2 de más por dia como hora de excedencia?
No encuentro en ningún lado cual es el parametro de horas semanales.-
Gracias
Nati
El horario es 4 horas diarias de lunes a viernes u 88 horas al mes. En noviembre hubo un aumento
http://www.econoblog.com.ar/9473/salario-del-servicio-domestico-noviembre-de-2010/#more-9473
graciela , tengo una empleada que cuida a mis hijos y hace las tareas del hogar ( limpiar , planchar , cocinar , cuidar a los nenes) de lu a vi 6 hs diarias , lo que no se es 1)la diferencia entre categoria segunda , tercera o quinta? en cual la encuadro?
y 2) el sueldo lo prorrateo asi ? 1847.63/8x6hs:1385.72 si fuera por ej categoria tercera??
3) los aportes aumentaron? el mes que le pago sac los aportes deberian cambiar?
desde ya muchas gracias!
alejandra
1) La diferencia es precisamente la capacidad de la persona al realizar las tareas, una cosa es tener una niñera, mas una persona para la limpieza y otra tner una que te haga ambas, por lo que si por ejemplo cuida los chicos y limpia corresponde el pago de niñera especializada ok?
2) El sueldo se prorratea asi Importe /2 cobra por 4 horas de trabajo diarias u 88 horas al mes, más $12.55 por cada hora excedente
3 ) Por el momento no hubo modificaciones en los aportes y el mes del aguinaldo se paga el mismo aporte
Mi empleada cobra $ 940 por mes, y le hago por separado los aportes por más de 16 hs.
Trabaja 4 hs por día luneas a sábado(tareas domésticas en gral.). Cuánto debo aumentarle de acuerdo a la nueva escala publicada estos días? Gracias!
mirta
El aumento fue del 23% $828.75 por trabajar 4 horas de lunes a viernes o sea 88 horas al mes, más $12.55 por cada hora excedente
http://www.econoblog.com.ar/9473/salario-del-servicio-domestico-noviembre-de-2010/#more-9473