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AFIP: Régimen Simplificado para Presentar Ganancias – Trabajadores en Relación de Dependencia -Vencimientos

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, puso a disposición de los contribuyentes en su página Web un instructivo con las condiciones que deberán tener en cuenta las personas que opten por utilizar el aplicativo más sencillo, del régimen simplificado para la presentación de las declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias.   El fisco nacional trata con esta herramienta de potenciar y facilitar la utilización del Régimen Simplificado. Desde la AFIP informaron que: “se encuentra disponible el servicio Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas para confeccionar y presentar la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2009″. Los contribuyentes que opten por generar su declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias con el Régimen Simplificado, debe tener presente que solamente […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, puso a disposición de los contribuyentes en su página Web un instructivo con las condiciones que deberán tener en cuenta las personas que opten por utilizar el aplicativo más sencillo, del régimen simplificado para la presentación de las declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias.   El fisco nacional trata con esta herramienta de potenciar y facilitar la utilización del Régimen Simplificado.

Desde la AFIP informaron que: “se encuentra disponible el servicio Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas para confeccionar y presentar la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2009″.

Los contribuyentes que opten por generar su declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias con el Régimen Simplificado, debe tener presente que solamente lo podrán utilizar aquellos contribuyentes que superen el límite de ingresos brutos anuales $144.000.- cuyo monto lo hayan obtenido por una renta:

  • Trabajo en relación de dependencia
  • Por jubilaciones , pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal.
  • Rentas gravadas y optado por todas ellas como Monotributistas.

Quedando excluidos aquellos contribuyentes que tengan activos o deudas en le exterior.

El fisco nacional dispone que los contribuyentes que solamente tengan ingresos por sus trabajo en relación de dependencia, deberán realizar la correspondiente declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias  y sobre los Bienes Personales mediante el aplicativo unificado Versión 11.0. Teniendo en cuanta lo siguiente:

Ganancias brutas iguales o superiores a $ 96.000: Solo deberá presentar la declaración jurada informativa de Bienes Personales a través del aplicativo unificado versión 11.0.

Ganancias brutas iguales o superiores a $ 144.000: Deberá presentar la declaración jurada informativa de Bienes Personales y del Impuesto a las Ganancias y lo podrá hacer a través de:

  • Declaración jurada de Ganancias y Bienes Personales, ambas a través del aplicativo unificado versión 11.0 Para lo cual es necesario que ingrese en el sector del aplicativo «DDJJ 4ta. Categoría Exclusivamente»
  • Declaración jurada de Ganancias por el sistema «REGIMEN SIMPLIFICADO GANANCIAS PERSONAS FISICAS» y la Declaración jurada de Bienes Personales a través del aplicativo unificado versión 11.0 (ingresando en la pantalla «Datos Descriptivos de la Declaración Jurada», opción «DJJJ de Bienes Personales únicamente»).

Asimismo, los empleados en relación de dependencia deberán tener en cuenta que el vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas 30 de junio de 2010.-

Fuente AFIP

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1 comentario en “AFIP: Régimen Simplificado para Presentar Ganancias – Trabajadores en Relación de Dependencia -Vencimientos”

  1. si supero de los 144.000 tengo que tener cuit o puedo hacerlo con cuil y clave fiscal on line. Me refiero a la DDJJ de ganancias y bienes personales.

    Gracias

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