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Liquidación Régimen Simplificado de Ganancias por Internet

La Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, puso a disposición de los contribuyentes una herramienta online que permite utilizar el servicio y realizar la liquidación y presentación de la declaración jurada del “Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas” correspondiente al período fiscal 2009. Permitiendo a realizar la liquidación del tributo por Internet ingresando a la página Web del organismo con su Clave de Identificación Laboral, CUIL, y la “Clave Fiscal”. Podrán presentar la Declaración Jurada Anual 2009 en el Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas, los contribuyentes podrán utilizar el servicio siempre y cuando: Perciban ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones. Actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores. Socios de las […]

La Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, puso a disposición de los contribuyentes una herramienta online que permite utilizar el servicio y realizar la liquidación y presentación de la declaración jurada del “Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas” correspondiente al período fiscal 2009. Permitiendo a realizar la liquidación del tributo por Internet ingresando a la página Web del organismo con su Clave de Identificación Laboral, CUIL, y la “Clave Fiscal”.

Podrán presentar la Declaración Jurada Anual 2009 en el Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas, los contribuyentes podrán utilizar el servicio siempre y cuando:

  • Perciban ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones.
  • Actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.
  • Socios de las sociedades cooperativas, que trabajen personalmente en la explotación, por los servicios prestados (incluyendo el retorno percibido)

Además, podrán optar por esta presentación online:

  • Contribuyentes que conjuntamente con la obtención de los ingresos antes mencionados, reciban otras rentas por las cuales hayan adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, Monotributo, o resulten exentas, no alcanzadas o no computables en el impuesto a las ganancias.

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