El día de la fecha, el titular de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), Emilio Basavilbaso, ha respondido preguntas de los televidentes del noticiero de TV Pública. En respuesta a una de las dudas, el funcionario comentó que es posible jubilarse antes por invalidez antes de cumplir con la edad jubilatoria. Para hacer el trámite, la persona discapacitada debe sacar un turno previo desde www.anses.gob.ar.
Esta jubilación anticipada es denominada Retiro por Invalidez. La misma corresponde a los trabajadores en relación de dependencia y autónomos. Una vez otorgada, no es compatible con ningún tipo de actividad laboral bajo relación de dependencia.
Requisitos para jubilarse por invalidez
- Ser empelado en relación de dependencia o trabajador independiente inscripto en el Régimen General (Autónomos) de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
- Contar con una incapacidad física o intelectual total del 66% o más. El porcentaje es definido por una junta médica.
- No haber alcanzado la edad jubilatoria (60 las mujeres y 65 los hombres) ni los años de aporte requeridos (30).
- Cumplir con la condición de «Aporte regular» o «Aporte irregular con derecho».
Documentación requerida
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Formulario PS 6.284 de ANSES.
- Estudios, diagnósticos y certificados médicos originales.
- Nómina de los médicos que lo asistieron y lo asisten en la actualidad.
¿Cómo tramitar la jubilación por invalidez?
El primer paso para hacer el trámite es solicitar un turno en ANSES. Dicha solicitud puede ser efectuara comunicándose con el número de teléfono 130; descargando la aplicación MiANSES que está disponible para dispositivos móviles con sistema operativo iOS y Android; o ingresando a la página oficial del organismo previsional.
En la fecha del turno, el solicitante debe presentar toda la documentación requerida en la oficina elegida.
Hola tengo 60 años !me dijeron que me faltan 2 años de aporte para jubilarme ,mi pregunta es !puedo jubilarme ahora e ir pagando alguna moratoria o tengo que esperar hasta los 62 ! Y sino puedo optar por la jubilacion de ama de casa
Hla mi esposo no puede ttabajar ya tiene una insuficiencia renal cronica y tiene 43 años se puefe hacer la pension gracias
El padre de mis hijos tiene 57 años sufre de convulsiones y tiene ulceras en ambas piernas lo cual le imposibilita de trabajar.Anteriormente trabajo en Correo Argentino del cual se retiro voluntariamente con 38 años de servicios.Tiene posibilidad de jubilarse ya q no puede trabajar.
DEbería ir a ver a un abogado previsional
Tengo un 54 por ciento de dicapacida en brazo derecho y epot tengo 62 años hace 2 años y medio estoy en juicio me podré jubilar gracias
Hola mi hermano tiene 57 años y le diagnosticaron asma ,le dan ataques de tos y se queda sin oxígeno no puede respirar, puede jubilarse ,? Gracias