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Recategorización del Monotributo Nuevos Valores

Recordamos que el próximo día 7 de mayo de 2010 vence el plazo para la recategorización del Monotributo con los nuevos valores ante la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, y aquellos que correspondan deberán ingresar la cuota mensual correspondiente al régimen simplificado renovado, yanto las personas físicas como empresas tienen que ajustar su condición en relación a ingresos brutos obtenidos, superficie afectada a la actividad que ejercen, energía eléctrica consumida y a los alquileres devengados entre mayo 2009 y abril 2010. Los pequeños contribuyentes si llegasen a exceder algunos de los límites establecidos de manera automática tendrán que avanzar hacia una categoría superior con la consiguiente suba en el monto del impuesto mensual a pagar. Los pequeños contribuyentes […]

Recordamos que el próximo día 7 de mayo de 2010 vence el plazo para la recategorización del Monotributo con los nuevos valores ante la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, y aquellos que correspondan deberán ingresar la cuota mensual correspondiente al régimen simplificado renovado, yanto las personas físicas como empresas tienen que ajustar su condición en relación a ingresos brutos obtenidos, superficie afectada a la actividad que ejercen, energía eléctrica consumida y a los alquileres devengados entre mayo 2009 y abril 2010.

Los pequeños contribuyentes si llegasen a exceder algunos de los límites establecidos de manera automática tendrán que avanzar hacia una categoría superior con la consiguiente suba en el monto del impuesto mensual a pagar.

Los pequeños contribuyentes deberán tener en cuenta los siguientes parámetros para saber si deben o no recategroizarse:

Nuevos montos MONOTRIBUTO Servicios y/o Locaciones
Categoría Parámetros Aportes Cuota mensual
Facturación Alquiler Previsional Salud
B 24.000.- 9.000.- 110.- 70.- 219.-
C 36.000.- 9.000.- 110.- 70.- 255.-
D 48.000.- 18.000.- 110.- 70.- 308.-
E 72.000.- 18.000.- 110.- 70.- 390.-
F 96.000.- 27.000.- 110.- 70.- 580.-
G 120.000.- 27.000.- 110.- 70.- 730.-
H 144.000.- 36.000.- 110.- 70.- 880.-
I 200.000.- 45.000.- 110.- 70.- 1.780.-
Nuevos montos MONOTRIBUTO Resto de las Actividades
Categoría Parámetros Aportes Cuota mensual
Facturación Alquiler Previsional Salud
B 24.000.- 9.000.- 110.- 70.- 219.-
C 36.000.- 9.000.- 110.- 70.- 255.-
D 48.000.- 18.000.- 110.- 70.- 298.-
E 72.000.- 18.000.- 110.- 70.- 374.-
F 96.000.- 27.000.- 110.- 70.- 490.-
G 120.000.- 27.000.- 110.- 70.- 585.-
H 144.000.- 36.000.- 110.- 70.- 685.-
I 200.000.- 45.000.- 110.- 70.- 1.420.-
J 235.000.- 45.000.- 110.- 70.- 2.180.-
K 270.000.- 45.000.- 110.- 70.- 2.530.-
L 300.000.- 45.000.- 110.- 70.- 2.880.-

El trámite se debe realizar mediante transferencia electrónica a través de la página Web de la AFIP.gov.ar, ingresando con número de CUIT, «Clave Fiscal» al servicio «Sistema Registral», opción «Registro Tributario/Monotributo/Recategorización».

Una vez ingresados los datos requeridos, el sistema emitirá una constancia de la transacción efectuada (acuse de recibo) y la credencial para el pago.

Desde el mes de enero d e2010 que rige la nueva Ley de Monotributo se estableció un régimen de exclusión, por el cual los Monotributistas deben llevar un control más estricto de ingresos y egresos.

Aquellos pequeños contribuyentes que se encuentren en las categorías más elevadas deben controlar diariamente las facturas emitidas o compras realizadas, ya que se encuentran en el límite de ser excluidos del re´gimen simplificado.

Los contribuyentes Monotributistas empresas o  particulares de las categorías más altas, llevarán un control diario extremo ya que se debe realizar cada vez que se emita o reciba un comprobante una recategorización para no quedar fuera.

Los profesionales que gasten más de $6.666.- por mes quedan fuera del Monotributo.

Prestadores de servicios que facturen entre $144.000 y $200.000 no pueden tener egresos anuales por más de $80.000. Este límite equivale al 40% de ingresos de la última categoría prevista en el nuevo esquema de tributación.

El resto de actividades en el caso de venta de cosas bienes, deberán tener un tope del 80% de gastos sobre el total de ingresos brutos facturados.

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1 comentario en “Recategorización del Monotributo Nuevos Valores”

  1. Buenas tardes:
    Perdon si envío mal el comentario, he intentado hacerlo desde otros temas y no funciona.
    Liquido sueldos en una pequeña empresa utilizando access. Quisiera saber dónde puedo obtener la configuración de los campos para generar un archivo y hacer la presentación en forma más agil.
    Desde ya muchas gracias!

Los comentarios están cerrados.

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