El día 11 de agosto de 2008 entre el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina SMATA, y le Federación Argentina de Asociaciones de Talleres Reparación de Automotores y Afines, FA.A.T.R.A, Convención Colectiva de Trabajo Nº 27/88, se firmo el acuerdo Expediente No 1.275.231/08 del Ministerio de Trabajo, por el cual se otorga el siguiente aumento salarial.
Otorgándose a la liquidación un rubro «A cuenta Futuros Aumentos» el 10% sobre los básicos convencionales actuales, de carácter no remunerativo y extraordinario con vigencia entre el 1º de julio y el 30 de septiembre de 2008, fue homologado según la Resolución S.T Nº 1012, folio 33 del Ministerio de Trabajo
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Graciela, ya lo ví muchas gracias, pero me crea una duda.
El acuerdo del 10% no remunerativo «a cuenta de futuros aumentos» era hasta septiembre, y el ultimo es a partir de noviembre.
Yo a los sueldos de Octubre les liquide con el 10% a cuenta de futuros aumentos no remunerativo.. lo tendria que haber liquidado como remunerativo, verdad?