La AFIP ya definió el alcance del nuevo régimen informativo por el cual obliga en forma cuatrimestral a declarar a los contribuyentes inscriptos en las categorías más altas del Monotributo, entre otras cosas los datos referidos a la energía eléctrica consumida y a los alquileres cancelados durante el período.
Pequeños contribuyentes categorizados en las escalas superiores cada cuatro meses deberán confeccionar y presentar la declaración jurada informativa. Primer vencimiento sería en el mes de junio de 2010, debiendo realizar los otros en los meses de septiembre, enero y mayo del 2011, coinciden con las fechas de vencimiento de las recategorizaciones cuatrimestrales.
La AFIP detalló los datos a informar:
- Nº de medidor y denominación del ente prestador del servicio
- Datos del propietario donde desarrolla la actividad de Monotributo
- Nomenclatura catastral del inmueble afectado a la actividad
- Monto total y numeración de las facturas emitidas
- Más de dos o tres clientes y proveedores (los principales)
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