Monotributista usando computadora con logo de AFIP

Impuesto de Seguridad Social se amplio el plazo del vencimiento

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, dispuso mediante la Resolución General Nº 2487/08 dfel día 5 de septiembre de 2008 que las obligaciones de presentación de declaraciones juradas y, en su caso de pago, de los impuestos y recursos de la seguridad social, SUSS, formulario 931, con vencimiento fijado para el día 18 de julio de 2008, se considerarán cumplidas en término siempre que se hayan efectivizado hasta el día 21 de julio de 2008, inclusive. No será de aplicación para aquellas obligaciones que se cancelen mediante el procedimiento de débito directo en cuentas bancarias o a través de la utilización de tarjetas de crédito. Seguinos Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog. Nuestro TikTok: @EconoBlog.

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, dispuso mediante la Resolución General Nº 2487/08 dfel día 5 de septiembre de 2008 que las obligaciones de presentación de declaraciones juradas y, en su caso de pago, de los impuestos y recursos de la seguridad social, SUSS, formulario 931, con vencimiento fijado para el día 18 de julio de 2008, se considerarán cumplidas en término siempre que se hayan efectivizado hasta el día 21 de julio de 2008, inclusive. No será de aplicación para aquellas obligaciones que se cancelen mediante el procedimiento de débito directo en cuentas bancarias o a través de la utilización de tarjetas de crédito.

Seguinos

Salir de la versión móvil