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¿Tengo que recategorizarme en el Monotributo en Mayo?

¿Tengo que recategorizarme en el Monotributo en Mayo? ¿Cómo afecta la Reforma Tributaria en la recategorización del Monotributo?

Hemos recibido una serie de consultas de monotributsitas que desean saber si deben recatgeorizarse en el Monotributo en Mayo. Por lo cual decidimos despejar duda duda en este artículo. Si bien hasta el año pasado los sujetos comprendidos en Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) debían revisar su categoría cada cuatro meses (mayo, septiembre y enero), la Reforma Tributaria estableció que ese trámite se haga semestralmente, en julio y enero.

La reforma Tributaria entró en vigencia desde el 1ero de enero de 2018. Sin embargo, los cambios en el monotributo comenzarán a regir desde el 1ero de junio.

De acuerdo a las normativas vigentes, este mes debería cumplirse con la primera recategorización cuatrimestral y dos meses más tarde con la primera semestral De esta forma se duplicaría la carga de información.

Es por esta razón que el organismo recaudador emitió la Resolución General 4235 para establecer que se considerará cumplida en fecha la recatgeorización en el Monotributo que se haga en julio por el período comprendido de enero a junio. Por lo cual este mes no es obligatorio hacer el trámite pero sí en julio.

Recordemos que para verificar si se encuentra correctamente encuadrado en la categoría, el Pequeño Contribuyente tiene que tomar en cuenta los movimientos de los últimos doce meses. Si no se realiza el trámite o se hace inexactamente, AFIP puede aplicar una multa de hasta el 50% del impuesto integrado y de los aportes jubilatorios que le correspondería pagar.

Además, el Fisco Nacional puede realizar la exclusión de oficio del Régimen Simplificado. Si así se hace, el sujeto deberá inscribirse en el Régimen General (Autónomos) y en todos los impuestos que correspondan no pudiendo volver al Monotributo por tres años.

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