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Monotributistas no podrán usar Facturas en Papel desde Octubre

AFIP anunció que Monotributistas no podrán usar Facturas en Papel desde el 1ero de Octubre de 2018.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) desea que todos los contribuyentes emitan comprobantes electrónicos, algo que permite que se emita un mejor control. El organismo recaudador utilizó su perfil oficial en Twitter para informar que los Monotributistas no podrán usar facturas en papel desde el 1ero de octubre de 2018.

En el caso de los contribuyentes Responsables Inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) sólo podrá facturar mediante la Facturación Electrónica o Controladores Fiscales desde el miércoles 1ero de agosto de 2018.

El Fisco Nacional desea poner en marcha un nuevo esquema de facturación que implementará el Libro IVA Digital dejando fuera el régimen de información de compras y ventas.


Hasta el momento, los Pequeños Contribuyentes inscriptos en el Monotributo tienen la obligación de utilizar la Facturación Electrónica a partir de la categoría F. Sin embargo, de acuerdo a lo publicado en las redes sociales, ya no podrán usar facturas en papel desde el 1° de octubre.


De acuerdo a lo publicado, los Pequeños Contribuyentes deberán ir adecuando su operatoria a los comprobantes electrónicos antes de octubre. Los únicos que quedarán exceptuados serán los Monotributistas Socilaes.

Sin embrago, Ámbito Financiero informó que ha trascendido que esta obligación entrará en vigencia desde el octubre sólo para las categorías D y E; y desde el diciembre para las categorías A, B y C. Con lo cual, recién en enero de 2019 sería obligatorio para todos los monotributistas.

En el caso de los exentos del IVA, la aplicación de esta obligación dependerá de su facturación del año anterior. Si cuentan con ingresos, incluyendo los impuestos nacionales, por debajo del millón de pesos será obligatorio desde noviembre de 2018; y si es mayor desde enero de 2019.

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