Como la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, dispuso que definitivamente entre los meses de mayo y julio de 2010, todos los empleadores dejarán de compensar las Asignaciones Familiares para pasar al Sistema Único de Asignaciones Familiares, SUAF, les recordamos la guía y trámites que deberán obligatoriamente realizar las Empresas que sean adheridas al Aquellos empleadores que se encuentran pagando el Salario Familiar, serán incorporados de pleno derecho, de manera escalonada hasta el mes de julio de 2010.
Los empleadores contarán con diez (10) hábiles para notificarles fehacientemente a sus trabajadores de su incorporación al Sistema SUAF, lo deberán hacer, por nota duplicada, una se entregara al empleados y la otra firmada por este, será archivada en el legajo personal.
Dicho plazo también, rige para avisar a los trabajadores que ingresan a la empresa, tenga o no tengan cargas de familia.
Guía y trámites que deberá seguir los empleadores incluidos en el SUAF. Presentar ante las autoridades de ANSES, los siguientes:
- Una Nota con carácter de Declaración Jurada, firmada por el empleador, (no es necesario que la firma este certificada) detallando:
- Nómina completa de los trabajadores en relación de dependencia, con Apellido y Nombre y Nº de CUIL, y la Boca de Pago, si optaron por percibir la Asignaciones Familiares a través de una cuenta bancaria (CBU), se deberá adjuntar por cada uno de ellos la constancia emitida por el banco o copia del extracto bancario donde conste CUIL o DNI, apellido y nombre y Nº de CBU correspondiente o si eligieron como Boca de pago el Correo Argentino, una nota firmada por los empleados con el carácter de declaración jurada con datos personales y los del lugar de cobro elegido, la provincia y Código Postal.
- Informando si se da el caso de personal comprendido dentro de la Resolución Nº 344/05 (trabajadoras que se encuentren o inicien licencia por maternidad) en el mes del ingreso formal al SUAF, se le debe seguir pagando por medio del sistema compensador hasta la finalización de la licencia.
La Nota con carácter de Declaración Jurada, firmada por el empleador, (no es necesario que la firma este certificada) deberá contener los siguientes datos:
a) CUIT de la Empresa
b)Razón Social y domicilio
c) Nº de CUIL, Apellido y Nombre de la trabajadora
d)Tipo de Licencia (maternidad o maternidad Down) que se encuentra gozando o debe iniciar la trabajadora al momento de la incorporación de la empresa al SUAF
e) Periodo y montos ya abonados
f) Periodos o montos a abonar (desde el mes de la incorporación en adelante)
- Las Empresas deben saber que no es necesario ser notificadas de su incorporación al SUAF, según lo dicta la Resolución de ANSES Nº 670/07, deberán ingresar todos los meses a la página de ANSES.gov.ar “Autopista de Servicio” y verificar su condición de Habilitado o No Habilitado
- Es INDISPENSABLE que para que los trabajadores cobren las correspondientes Asignaciones Familiares a través del SUAF que:
- Las empresas presenten y paguen en tiempo y forma las Declaraciones Juradas de Seguridad Social Formulario 931 a la AFIP.
- Declaren debidamente a sus trabajadores y sus cargas de familia a través del sistema de la AFIP, opción MI SIMPLIFICACIÓN. Por eso es IMPORTANTE que los empleados entreguen la documentación a ANSES con copia a su empleador
Los trabajadores en relación de dependencia de empleadores incluidos en el SUAF. Presentar ante las autoridades de ANSES, los siguientes formularios:
- “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares”: se utilizará para la tramitación de la asignación familiar por maternidad, maternidad down y prenatal y para la designación de apoderados para percibir asignaciones familiares.
- “DDJJ Renuncia/Renovación de Renuncia al cobro de Asignaciones Familiares – Sistema Único de Asignaciones Familiares: mediante este formulario, los cónyuges podrán decidir cuál cobrará la asignación en función de lo que resulte más beneficioso.
- “DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual – Sistema Único de Asignaciones Familiares”: del mismo deberá surgir el ciclo al que concurre el estudiante. Si no se completan todos los rubros, los interesados tendrán que acompañar el original del certificado escolar o el certificado de tratamiento y/o rehabilitación.
- “Nota de Reclamo –SUAF”: será utilizado para reclamos relacionados con la liquidación de asignaciones familiares.
La presentación de la documentación, de acuerdo a lo anunciado por ANSES, lo podrá realizar un representante que designe el trabajador, sin interesar el grado de filiación.
También, los trabajadores de empresas incorporadas al SUAF, tengan o no tengan cargas de familia deberán elegir el medio por donde quieren percibir las asignaciones, ante una oficina, delegación o Unidad de Atención Integral de la ANSES:
- Boca de Pago/ Sucursal de Correo: en los casos en los que se elija esta forma de pago, los empleados deberán presentar una nota que tendrá carácter de declaración jurada con datos personales y los del lugar de cobro elegido.
- Cuenta bancaria propia o cuenta sueldo: Debiendo presentar una nota, con carácter de declaración jurada, donde constarán datos personales y adjuntar una constancia emitida por el Banco o copia del Extracto Bancario del que surja CUIL o DNI y CBU, entre otros datos personales.
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le pido una explicacion marcque en el celular sms 26737 para verificar la cantida de hijos que tengo inscriptos en el anses y me dice que no me registra ninguno, yo trabajo en blanco hace dos años no entiendo. y saber tambieen cuando cobro la asignacion por hijo por aue no cobro desde junio
gracias
que pasaria en el caso de que yo haya hecho todos los tramites para el prenatal pero no tenga todos los meses del año aportado?
nora
No entiendo la pregunta todos los años aportados? quiere decir que no trabajaste durante le ultimo año? cuanto tiempo trabajaste?
Hola, en el caso de un empleador nuevo, como se hace para que el empleado cobre la asignacion?
Muchas Gracias
Jime
empleador nuevo pasa directo al SUAF y hace los tramites correspondientes
hola!quisiera saber ¿como hago para sacar un numero de cuenta de la cbu?y ¿para que es eso? ya que se lo piden a mi marido supuestamente para cobrar la asignacion universal por hijo.pero el trabaja bajo relacion de dependencia.gracias
roxana
Se lo piden para cobrar el Salario Familiar,no la Asignacion por hijo seguramente el empleador paso al SUAF, el CBU te lo dan en el banco puede ser la cuenta sueldos donde le depositan el dinero de los haberes, que lleve el detalle bancario?
La resolución habla de un «complemento» para compensar ese desfasaje, ¿lo tenemos que gestionar los empleados o el empleador?
Gracias y saludos.