El día de mañana, conforme al calendario de vencimientos de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), vencerá el plazo para cumplir con el pago obligatorio de la cuota del Servicio Doméstico en Agosto de 2018. Para hacerlo, el Empleador de Casas Particulares debe utilizar el Formulario 102/RT que está disponible en el sitio del Fisco Nacional, cuya dirección web es www.afip.gov.ar.
Los empleadores tienen la obligación de registrar a sus empleados domésticos en AFIP. El trabajo en blanco permite que los trabajadores tengan una obra social y se puedan jubilar en el futuro.
Además, el empleo registrado permite que el personal de casas particulares pueda gestionar la Tarifa Social Federal en su Tarjeta SUBE para viajar con un 55% de descuento en transporte público.
En lo que respecta al empleador, éste puede deducir sus pagos en el Impuesto a las Ganancias y tener la cobertura ante un eventual accidente laboral.
Monto de la cuota de Empleados Domésticos
Horas trabajadas semanalmente | Importe | Aportes | Contribuciones | ART |
Trabajador mayor de 18 años | ||||
Menos de 12 | $188,88 | $43,52 | $15,36 | $130 |
De 12 a 16 | $276,36 | $80,64 | $30,72 | $165 |
16 ó más | $811,15 | $536,35 | $44,80 | $230 |
Personal menor de 18 pero mayor a 16 | ||||
Menos de 12 | $173,52 | $43,52 | – | $130 |
De 12 a 16 | $245,65 | $80,64 | – | $165 |
16 ó más | $766,35 | $536,35 | – | $230 |
Empleado jubilado | ||||
Menos de 12 | $145,36 | – | $15,36 | $130 |
De 12 a 16 | $195,72 | – | $30,72 | $165 |
16 ó más | $274,80 | – | $44,80 | $230 |
En caso de que presente servicios por menos de 16 horas semanales, el empleado tiene la oportunidad de hacer un pago voluntario con el Formulario 575/RT para tener los mencionados beneficios. El importe a ingresar es la diferencia entre lo pagado por el empleador y su categoría. El vencimiento del mismo será el miércoles 15 de agosto.