El día de la fecha vence la cuota que tienen que abonar los empleadores de casas particulares, lo cual debe hacerse con el Formulario 102/RT de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El miércoles 15 de agosto de 2018 se producirá el vencimiento del pago obligatorio del Servicio Doméstico, el cual pueden hacer, con el F.575/RT, aquellos trabajadores del sector que trabajan menos de 16 horas a la semana.
Los contribuyentes tienen la obligación de registrar a su personal doméstico en AFIP. Esto les permite deducirlos del Impuesto a las Ganancias.
El trabajo en blanco permite que los empleados domésticos accedan a la cobertura médica de una obra social; aportes jubilatorios; y la Tarifa Social Federal en la Tarjeta SUBE, la cual es un descuento del 55% sobre la tarifa convencional.
El monto de la cuota del Servicio Doméstico es el siguiente:
Horas trabajadas semanalmente | Importe | Aportes | Contribuciones | ART |
Empleado mayor de 18 años | ||||
Menos de 12 | $188,88 | $43,52 | $15,36 | $130 |
De 12 a 16 | $276,36 | $80,64 | $30,72 | $165 |
16 ó más | $811,15 | $536,35 | $44,80 | $230 |
Empleado menor de 18 pero mayor a 16 | ||||
Menos de 12 | $173,52 | $43,52 | – | $130 |
De 12 a 16 | $245,65 | $80,64 | – | $165 |
16 ó más | $766,35 | $536,35 | – | $230 |
Empleado jubilado | ||||
Menos de 12 | $145,36 | – | $15,36 | $130 |
De 12 a 16 | $195,72 | – | $30,72 | $165 |
16 ó más | $274,80 | – | $44,80 | $230 |
En el caso del pago voluntario, el importe a ingresar es la diferencia entre lo pagado pro el empleador y la categoría que corresponde al empleado.
Recordemos que los trabajadores pueden verificar que sus empleadores hayan cumplido con el pago de los aportes y contribuciones mandando un mensaje de texto al 2347 (AFIP) con «Aportes (Espacio) N° de CUIL».
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