La Resolución Nº 292/08 de ANSeS, modifico la modalidad de las empresas en lo que se refiere a la Compensación de la Asignaciones Familiar mediante el Fondo Compensador y estableció que los empleadores serán incluidos en el Sistema Único de Asignaciones Familiares, SUAF, debiendo estas dentro de los 10 días hábiles contados desde la incorporación de las empresas al nuevo sistema, notificar las normas del régimen de Asignaciones Familiares a todos sus trabajadores, tengan o no cargas de familia, de igual manera tendrán 10 días para notificar a los nuevos trabajadores ya sea que tengan o no cargas de familia, a partir de su ingreso en la compañía. Esta notificación deberá realizarla la empresas a sus trabajadores en duplicado y en forma obligatoria, anexando dicha copia al legajo del trabajador.
Los trabajadores en relación de dependencia de todos las empresas incluidas en el SUAF, deberán presentar ante la oficina de ANSeS, los siguientes formularios:
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Tramitación de la asignación familiar por maternidad, maternidad down y prenatal: Formulario “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares” y para la designación de apoderados para percibir asignaciones familiares.
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Tramitación de Renuncia de cobro: Formulario “DDJJ Renuncia/Renovación de Renuncia al cobro de Asignaciones Familiares – Sistema Único de Asignaciones Familiares: mediante este formulario, los cónyuges podrán decidir cuál cobrará la asignación en función de lo que le resulte más beneficioso.
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Tramitación del cobro de la asignación por Ayuda Escolar Anual: Formulario “DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual – Sistema Único de Asignaciones Familiares”: del mismo deberá surgir el ciclo al que concurre el estudiante. Si no se completan todos los rubros, los interesados deberán acompañar el original del certificado escolar o el certificado de tratamiento y/o rehabilitación.
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Tramitación de Reclamos: Formulario “Nota de Reclamo –SUAF”: será utilizado para reclamos relacionados con la liquidación de Asignaciones Familiares.
ANSeS aclara que el trabajador podrá designar un representante, sin importar el grado de filiación, para que este pueda presentar los formularios en las oficinas de ANSeS
Los trabajadores de empresas incorporadas al SUAF, tengan o no cargas de familia, deberán elegir el medio por donde quieren percibir las asignaciones, ante una oficina, delegación o Unidad de Atención Integral de la ANSeS:
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Boca de Pago/ Sucursal de Correo: en los casos en los que se elija esta forma de pago, los trabajadores deberán presentar una nota que tendrá carácter de declaración jurada con datos personales y los del lugar de cobro elegido.
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Cuenta bancaria propia o cuenta sueldo: deberán presentar una nota -también tendrá carácter de declaración jurada- donde constarán datos personales, y se deberá adjuntar una constancia emitida por el Banco o copia del Extracto Bancario del que surja CUIL o DNI y CBU, entre otros datos personales.
Las empresas serán responsables por la falta de liquidación de las asignaciones familiares que la ANSeS no efectúe a sus trabajadores dependientes, si:
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Se registran incumplimientos en sus obligaciones ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP.
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Si no presentaron la documentación pertinente para que se realice la misma.
Los reintegros solicitados ante la ANSeS, por las empresas incorporadas al SUAF con anterioridad a abril de 2008, podrán tramitarlas hasta el 30 de abril de 2009.
Aquellas que se incorporen mediante el esquema escalonado previsto por la resolución, dispondrán de un año, contado a partir de la fecha de incorporación al SUAF, para presentar ante la ANSeS las solicitudes de reintegro.
En el caso de solicitudes respecto a empleadas que gocen su licencia por maternidad, los reintegros deberán tramitarse dentro del plazo de un año contado a partir de la fecha del último pago a la trabajadora.
02/10/2008 Infobae
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por favor desearia saber en brevedad cuando cobro la ayuda escolar.desde ya muchas gracias. Zulema
hola, deseo saber si el tramite del prenatal lo debe realizar el padre o madre o cualquier otra persona q lleve la docuementacion. muchas gracias
CECILIA
Lo puede realizar una persona autorizada por el que va a cobrar, en los formularior te dan la opción para autorizar
Hola Graciela: Porque es obligatorio? La empresa hace años que le paga las asignaciones familiares a todos los empleados, todos tenemos hijos, algunos tienen 4. El año pasado dic, ene y feb una compañera cobro prenatal, maternidad con licencia paga y hasta tuvo un mes de excedencia. No entiendo xq en Anses me dijeron q no corresponde, q no nos tienen q pagar mas. No es mejor q quede todo como esta?
buen dia nose donde cobro o por que no esta en el banco la denuncia para cobrar el cuaf ya hace un mes y medio que hice el reclamo me gustaria saber donde lo cobro gracias