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AFIP Controla los gastos con las Tarjetas de Crédito y de Débito

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución    General   Nº 2.837 ya   publicada en el    Boletín Oficial, extendió la fecha   del    vencimiento mensual    que controla a las empresa emisoras y a los titulares de tarjetas de débito y créditos, por medio   del cual ajustará  el seguimiento    de los gastos que se realicen  con  los  plásticos,  siempre  que  superen al mes los $3.000.- La normativa establece que:  «para las operaciones cuya respectiva liquidación se presente al cobro a partir del 1 de junio próximo», la información deberá suministrarse  mensualmente hasta el día 14 del segundo mes inmediato siguiente al del período informado». El régimen de información a cargo de las entidades administradoras de sistemas de tarjeta de crédito recae […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución    General   Nº 2.837 ya   publicada en el    Boletín Oficial, extendió la fecha   del    vencimiento mensual    que controla a las empresa emisoras y a los titulares de tarjetas de débito y créditos, por medio   del cual ajustará  el seguimiento    de los gastos que se realicen  con  los  plásticos,  siempre  que  superen al mes los $3.000.-

La normativa establece que:  «para las operaciones cuya respectiva liquidación se presente al cobro a partir del 1 de junio próximo», la información deberá suministrarse  mensualmente hasta el día 14 del segundo mes inmediato siguiente al del período informado».

El régimen de información a cargo de las entidades administradoras de sistemas de tarjeta de crédito recae sobre:

  • Vendedores, locadores y/o prestadores de servicios adheridos al sistema.
  • Operaciones -ventas de bienes, locaciones de obras y locaciones o prestaciones de servicios- que hayan sido canceladas mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y/o de débito.
  • Tarjetas de crédito y/o de compra utilizadas, tanto emitidas en el país como en el exterior.

Los agentes de información deberán realizar la misma, remitiendo los datos vía transferencia electrónica pro la página Web de la AFIP.

Los datos requeridos y que deben ser transferidos por:

Locales y comercios adheridos a la red de tarjetas, entre otros, son:

  1. Apellido y nombres, denominación o razón social.
  2. Clave Única de Identificación Tributaria, CUIT.
  3. Domicilio.
  4. Situación frente al Impuesto al Valor Agregado, IVA.
  5. Rubro o actividad.
  6. CUIT de la entidad financiera pagadora.

El marco legal vigente establece que en relación al detalle de los consumos, que las empresas emisoras de plásticos deberán suministrar los datos

“cuando la sumatoria de las operaciones canceladas con las tarjetas utilizadas por cada titular, más las utilizadas por usuarios, titulares adicionales y/o beneficiarios de extensiones sea igual o superior a $ 3.000 mensuales”.

Titulares de las tarjetas de crédito y de compra emitidas en el país:

  • Apellido y nombres, denominación o razón social.
  • Tipo y número de documento.
  • Número de tarjeta o de cuenta.
  • Domicilio.
  • Cantidad de tarjetas adicionales extendidas.
  • CUIT de la entidad financiera emisora.
  • Monto total de los consumos realizados por el titular y los adicionales de la respectiva tarjeta.

Titulares de tarjetas de crédito emitidas en el exterior, la AFIP además de lo anterior solicitará:

  • CUIT del país al que pertenece la entidad financiera emisora.
  • CUIT del o de los comercios en los cuales se realizaron las operaciones.

De acuerdo a la normativa se estipula que el envío de datos será obligatorio aún cuando en un período no existan operaciones a declarar. A tal fin, se deberá consignar en la declaración jurada la leyenda “sin movimientos».

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12 comentarios en “AFIP Controla los gastos con las Tarjetas de Crédito y de Débito”

  1. Hola Graciela, te hago una consulta. Trabajo en negro hace unos 7 años… tengo un muy buen sueldo y mi mujer es maestra pero ella esta en blanco. Entre los dos usamos mi tarjeta, ella una adicional. Siempre pasamos los 3000 porque tengo todo por debito para no andar con plata encima por seguridad. El tema es que no figuro inscripto en nada ni siquiera como empleado ni autonomo, me pueden obligar a algo? Conoces algún caso?

  2. Buenos días!!

    Quisiera saber que tratamiento le da la AFIP a las compras hechas en el exterior con tarjetas emitidas en la Argentina. Compro regularmente por internet en el exterior, aunque pocas veces he superado el moto de 3000 pesos en algunas ocasiones se da, nunca he recibido notificación ni pedido de información por parte de la AFIP pero no quiero encontrarme con sorpresas.
    Si tiene info al respecto o me puede decir donde puedo encontrar información sobre el tema será bienvenido.

    Desde ya muchas gracias.

    1. Javier

      Mientras compres cosas legales y puedas comprobar los movmientos que realizas con la tarjeta, o sea de donde obtenes el dinero para pagar las compras, hasta el momento no es otra cosa

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