El 1° de octubre de 2018 entró en vigencia la Resolución SGE 14/2018, la cual establece cambios en la Tarifa Social de Gas. Previamente, los beneficiarios de dicho programa contaban con un esquema que subsidiaba el 100% para un determinado bloque de consumo base, el cual depende del lugar en el cual se viva, y el 75% sobre un consumo de igual tamaño que el primero. De ahora en más, los que superen dicho monto tendrán que pagar el 100% sobre el excedente.
El Gobierno destacó que los cambios en la Tarifa Social Federal de Gas son realizados con la finalidad de que todos los recursos sean utilizados con responsabilidad para mejorar el sistema energético para que más familias accedan al mismo.
De ahora en más, dependiendo del lugar en el cual se encuentre ubicada la propiedad, los beneficiarios no pagarán gas hasta un determinado consumo. En dichos casos únicamente se deberá abonar el costo de distribución y transporte y los impuestos asociados.
En caso de superar el consumo base se tendrá que pagar el 100% de la tarifa plena sobre el consumo excedente.
Requisitos de Tarifa Social de Gas
- Ser jubilado, pensionado o empelado en relación de dependencia con una remuneración bruta inferior o igual a dos veces el Salario Minio, Vital y Móvil (SMVM).
- Ser Monotributista inscripto en una categoría que no sea mayor a dos SMVM.
- Ser titular de una Pensión no Contributiva (PNC).
- Ser beneficiario de planes sociales.
- Ser Monotributista Social.
- Ser Empleado Doméstico.
- Ser titular del Seguro de Desempleo.
- Ser titular de la Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
- Ser discapacitado y contar con un Certificado Único de Discapacidad (CUD).
- Ser electrodependiente.
No pueden acceder a la Tarifa Social Federal de gas aquellas personas que sean propietarios de más de un bien inmueble, tengan un vehículo de hasta 10 años de antigüedad a menos que tenga un CUD o tener aeronaves o embarcaciones de lujo.