Debido a la gran cantidad de consultas que ha recibido, el Sindicato del Servicio Doméstico emitió un comunicado aclarando que los Cuidadores de Adultos Mayores no deben ser Monotributistas. De acuerdo a la Ley 26.844, los trabajadores que tienen a su cargo el cuidado de ancianos, niños, adolescentes, discapacitados y enfermos que desempeñan tareas no terapéuticas en casas de familia no pueden ni deben inscribirse en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), tienen que estar contratados en relación de dependencia.
Los empleadores de casas particulares tienen la obligación de contratar bajo relación de dependencia a sus empleados domésticos.
Una de las categorías de la escala salarial de dicho sector es «Asistencia y cuidado de personas». La misma comprende a aquellos que, sin brindar cuidado terapéutico, se encargan de personas enfermas, discapacitadas, niños, adolescentes y adultos mayores.
Con lo cual, los cuidadores de adultos mayores no deben facturar como Monotributistas si no que sus empleadores deben registrar la relación laboral en la página oficial de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con su CUIL o CUIT y Clave Fiscal.
El trabajo en blanco permite que el trabajador tenga acceso a una obra social y aportes jubilatorios.
Además puede solicitar el cobro de Asignaciones Familiares en la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Las mismas son la Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación por Embarazo, beneficios que pueden ser percibidos sin importar el monto que cobran mensualmente.
En lo que respecta al empleador, la registración le permite hacer descuentos en el Impuesto a las Ganancias y contar con la cobertura de una aseguradora de riesgo de trabajo (ART) ante un eventual accidente.
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Adriana yo estuve trabajando como cuidadora me pagaban $290 la hora teabajaba cuidando a una abuela en un jeriatrico de lunes a viernes 9hs.hace tres meses que no me pagan los honorarios de mis servicios que son otros sumados a este por que no facturo el monotributo, me están reteniendo mis honorarios trabajados yo me pregunto puede la empresa retenerme mis honorarios trabajados?
Tus honorarios deben pagártelos y vos sos responsable del Monotributo e Ingresos Brutos
Buenos dias:
Si a la cuidadora la provee una Empresa de Cuidados, la cuidadora es monotributista.
¿porque estas empreas no las registran? ¿no es obligatorio?, ¿cual es el artilugio legal por el cual estas empreas existen y tienen trabajadores en negro?
Atte.
Viviana