A partir del día 1º de diciembre los contribuyentes del Impuestos a los Ingresos Brutos inscriptos en el Régimen de Convenio Multilateral deberán obligatoriamente que utilizar el servicio Vía online.
ARBA, mediante la Resolución General Nº 4/2008, ratifica que el nuevo sistema le permitirá a las empresas y particulares a realizar la Declaración Jurada de Inscripción y modificaciones de datos del padrón Formularios CM 01 y CM 02 a través de la Web. Hasta el momento se encuentra implementado el sistema vía Web para la liquidación, pago y presentación de las declaraciones juradas mensuales y anuales de Ingresos Brutos, Formularios CM 03, CM 04 y CM 05.
Oportunamente la normativa estableció que el Sistema “Padrón Web Contribuyentes Convenio Multilateral” operará a través del sitio www.padronweb.gov.ar y, a partir de su entrada en vigencia en octubre, será el único medio autorizado para que los contribuyentes cumplan con los requisitos formales de inscripción en Ingresos Brutos y de declaración de todas las modificaciones de sus datos, ceses de jurisdicciones y cese total de actividades y/o transferencia de fondo de comercio, fusión y escisión.
Las empresas y particulares deberán acceder al sistema utilizando la clave fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP.
Asimismo, cada una de las declaraciones juradas que generen los contribuyentes a través del sistema, se identificará con un número de trámite a los fines de su seguimiento. En los casos de inicio de actividades, el sistema otorgará el número de inscripción en el gravamen luego de la confirmación del trámite por la Jurisdicción Sede.
El nuevo sistema será de uso obligatorio a partir del 1° de diciembre de 2008, y no serán consideradas válidas las presentaciones efectuadas a partir de dicha fecha con el sistema anterior.
03/10/2008 Infobae Profesional
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Hola Graciela:
en septiembre 2006 abri local en La Plata y en septiembre pague Ing.Brutos.En noviembre, por peligro de derrumbe, tuve que cerrar y nunca me ocupe del tema.Tengo pruebas de esto e inicie ahora juicio al dueño del local. Quiero arreglar lo de Rentas pero no se como ni que tendria que pagar.Gracias
Graciela
Hola Adrian:
Vas a tener que ir a Rentas y quejarte, pero te van decir que son retenciones y con eso la arreglan, tarta de hablar con el encargado o alguien que entienda que e suna cuenta sueldo
suerte si queres luego contame gracias
04-Nov COM.MOVIM.. 0,90-
04-Nov EXTR.CAJA 3150,00-
03-Nov I.BRUT.REC 25,70-
03-Nov DEP.CAJA 3216
Fijate que 25,70 es el 0.8% de 3216 mi sueldo de este mes
Gracias
No, nunca pague nada por la cuenta, lo unico que cada tanto me cobran es por extracciones, pero mantenimiento nada.
Hola Adrian:
Los gastos de la caja de ahorro te los cobran a vos o los paga tu empleador?
gracias