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Ingresos Brutos, inscripción online

A partir del día 1º de diciembre los contribuyentes del Impuestos a los Ingresos Brutos inscriptos en el Régimen de Convenio Multilateral deberán obligatoriamente que utilizar el servicio Vía online. ARBA, mediante la Resolución General Nº 4/2008, ratifica que el nuevo sistema le permitirá a las empresas y particulares  a realizar la Declaración Jurada de Inscripción y modificaciones de datos del padrón Formularios CM 01 y CM 02  a través de la Web. Hasta el momento se encuentra implementado el sistema vía Web para la liquidación, pago y presentación de las declaraciones juradas mensuales y anuales de Ingresos Brutos, Formularios CM 03, CM 04 y CM 05. Oportunamente la normativa estableció que el Sistema “Padrón Web Contribuyentes Convenio Multilateral” operará a […]

A partir del día 1º de diciembre los contribuyentes del Impuestos a los Ingresos Brutos inscriptos en el Régimen de Convenio Multilateral deberán obligatoriamente que utilizar el servicio Vía online.

ARBA, mediante la Resolución General Nº 4/2008, ratifica que el nuevo sistema le permitirá a las empresas y particulares  a realizar la Declaración Jurada de Inscripción y modificaciones de datos del padrón Formularios CM 01 y CM 02  a través de la Web. Hasta el momento se encuentra implementado el sistema vía Web para la liquidación, pago y presentación de las declaraciones juradas mensuales y anuales de Ingresos Brutos, Formularios CM 03, CM 04 y CM 05.
Oportunamente la normativa estableció que el Sistema “Padrón Web Contribuyentes Convenio Multilateral” operará a través del sitio www.padronweb.gov.ar y, a partir de su entrada en vigencia en octubre, será el único medio autorizado para que los contribuyentes cumplan con los requisitos formales de inscripción en Ingresos Brutos y de declaración de todas las modificaciones de sus datos, ceses de jurisdicciones y cese total de actividades y/o transferencia de fondo de comercio, fusión y escisión.
Las empresas y particulares deberán acceder al sistema utilizando la clave fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP.
Asimismo, cada una de las declaraciones juradas que generen los contribuyentes a través del sistema, se identificará con un número de trámite a los fines de su seguimiento. En los casos de inicio de actividades, el sistema otorgará el número de inscripción en el gravamen luego de la confirmación del trámite por la Jurisdicción Sede.
El nuevo sistema será de uso obligatorio a partir del 1° de diciembre de 2008, y no serán consideradas válidas las presentaciones efectuadas a partir de dicha fecha con el sistema anterior.

03/10/2008  Infobae Profesional

 

67 comentarios en “Ingresos Brutos, inscripción online”

  1. Hola, si me respondes esta pregunta sos DIOS como hago para dar de baja el regimen simplificado de ingresos brutos, todos los benditos empleados me dicen «en la pagina de rentas de gcba» pero nadie me dice exactamente donde y no figura absolutmante nada en la pagina.
    Desde ya gracias

  2. Hola Jorge:

    Tendrias que averiguar que sucede en IIBB de provincia, quizas estuvo inscripto en la AFIP y aun sin haberse inscripto en rentas es automatico.

    Los agentes de retención estan obligados a efectuar la retenciones, si figuran

    gracias

  3. hola graciela: tengo una persona que puso un kiosco en capital federal. se inscribio en el reg simplificado de iib, pero un proveedor (nobleza picardo) le quiere percibir el 6% por que aparece con esa alicuota en Pcia de bs as

    esta persona tiene domicilio fiscal en lomas de zamora pero el domicilio comercial para rentas de ciudad en capital, aparentemente se inscribio en afip en el año 94 pero nunca habia tenido actividad hasta ahora , pero no se cual pudo ser la situacion en rentas de Pcia de bs as, yo creo que jamas se inscribiò no hay ninguna documentacional respecto.

    esta bien que «nobleza picardo contribuyente de convenio multilateral y agente de percepcion» le efectue la percepcion del 6 % y no tenga en cuenta la inscripcion en el regimen simplificado de IIBB en capital ?
    gracias

  4. Hola Graciela:

    Con toda la documetación y prueba, tendrias que ir a Rentas, la forma es DDJJ bimestral, presentarla SIN MOVIMIENTO y la DDJJ anual del 2006 y 2007 y solictar la baja, o fijate si no te dieron la baja de oficio.

    gracias

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