La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha estipulado que el lunes 12 de noviembre de 2018 será el vencimiento del pago de las cargas sociales del Servicio Doméstico que deben efectuar los empleadores. De acuerdo al cronograma del Fisco Nacional, el pago voluntario de las mismas vencerá el jueves 15 para aquellos empelados de casas particulares que trabajan menos de 16 horas a la semana. En la página www.afip.gob.ar se pueden bajar los formularios necesarios para cumplir con dichos pagos.
Los contribuyentes tienen la obligación de registrar a sus empleados del servicio doméstico en AFIP.
El empleo en blanco habilita al empleador a realizar deducciones en el Impuesto a las Ganancias y tener cobertura de una Aseguradora de Riesgo de Trabajo (ART) ante un eventual accidente. Por su parte, los trabajadores cuentan con una obra social, el descuento de la Tarifa Social en su tarjeta SUBE y aportes que le permitirán jubilarse en el futuro.
Monto de la cuota de aportes y contribuciones del Servicio Doméstico
Horas trabajadas semanalmente | Importe | Aportes | Contribuciones | ART |
Trabajador mayor de 18 años | ||||
Menos de 12 | $188,88 | $43,52 | $15,36 | $130 |
De 12 a 16 | $276,36 | $80,64 | $30,72 | $165 |
16 ó más | $811,15 | $536,35 | $44,80 | $230 |
Personal menor de 18 pero mayor a 16 | ||||
Menos de 12 | $173,52 | $43,52 | – | $130 |
De 12 a 16 | $245,65 | $80,64 | – | $165 |
16 ó más | $766,35 | $536,35 | – | $230 |
Empleado jubilado | ||||
Menos de 12 | $145,36 | – | $15,36 | $130 |
De 12 a 16 | $195,72 | – | $30,72 | $165 |
16 ó más | $274,80 | – | $44,80 | $230 |
Los empleados de casas particulares que trabajan menos de 16 horas semanales deben realizar un pago voluntario en caso de querer gozar de los mencionados beneficios. El monto a pagar es la diferencia entre lo abonado por el empleador y la máxima categoría a la cual corresponde.
Para realizar el pago obligatorio se debe usar el Formulario 102/RT. Para efectuar el voluntario es necesario utilizar el F.575/RT.
No me queda claro si los empleadores de servicio domestico están alcanzados por el art 8 del decreto 1043 del 13 de noviembre pasado, es decir si deben comunicar al Ministerio de Trabajo los despidos sin justa causa o si tambien estan exentos como en el pago del bono
Valentina no estan alcanzados por decreto 1043