Empleada de comercio en la caja de un supermercado

Acordado el Aumento para los Mercantiles, falta la Homologación

Ya fue acordado el aumento para los mercantiles, del 27% escalonado y acumulativo, ahora falta la homologación por parte del Ministerio de Trabajo. De acuerdo a lo expresado por   la Unión de Entidades Comerciales Argentinas, UDECA, el único punto que podría haber observado la cartera laboral era la cláusula referida a la salarización firmada en el acta con el Sindicato de Empleados de Comercio, SEC. La homologación de un acuerdo tiene una demora de un mes en el Ministerio, ahora ya esta firmado y resta esperar la homologación y publicación. Desde UDECA dijeron que: «Pusimos una cláusula en acuerdo con Cavalieri que se va a salarizar, es decir, que el no remunerativo que damos ahora, se va a transformar en […]

Ya fue acordado el aumento para los mercantiles, del 27% escalonado y acumulativo, ahora falta la homologación por parte del Ministerio de Trabajo. De acuerdo a lo expresado por   la Unión de Entidades Comerciales Argentinas, UDECA, el único punto que podría haber observado la cartera laboral era la cláusula referida a la salarización firmada en el acta con el Sindicato de Empleados de Comercio, SEC.

La homologación de un acuerdo tiene una demora de un mes en el Ministerio, ahora ya esta firmado y resta esperar la homologación y publicación.

Desde UDECA dijeron que: «Pusimos una cláusula en acuerdo con Cavalieri que se va a salarizar, es decir, que el no remunerativo que damos ahora, se va a transformar en remunerativo en julio del año que viene». Esa era la cláusula por la cual Carlos Tomada, Ministro de Trabajo, podría haber rechazado el acuerdo, ya que ellos querían que se vaya pasando por lo menos un 1% por mes a la parte remunerativa,  pero finalmente no hubo ninguna objeción.

El artículo sexto establece que las sumas no remunerativas se incorporarán a los básicos en cinco cuotas iguales, mensuales y consecutivas, operándose la definitiva incorporación en el mes de noviembre de 2011.

El acuerdo salarial será retroactivo al día 1º de mayo de 2010 y regirá hasta abril de 2011. Si bien el aumento es No Remunerativa, tiene efectos sobre todos los adicionales de convenio, como por ejemplo, licencia por maternidad, aguinaldo y horas extras.

El aumento se deberá ir aplicando de manera escalonada y acumulativa de la siguiente manera:

  1. 15% en mayo de 2010, fue firmada una cláusula que dice que los empresarios tienen 15 días para actualizar el mes pagado
  2. 7% en septiembre de 2010
  3. 5% en diciembre de 2010.

Otro punto acordado es la suma de $75.- que se otorgó en enero y debía pagarse por cuatro meses, desde ahora será incorporado a los básicos de convenio.

De acuerdo a los empresarios, el aumento tiene un tope a aplicar. El 27% acumulativo, sobre el salario y hasta $900.- neto en el bolsillo de trabajador.

Por lo que entendemos los $75.- más los montos no Remunerativos y sumas agregadas, presentismo, adicionales por chofer, etc.. si llega a superar los $900.- se pagaran pero sin la suba.

Solo depende de que el Ministerio de Trabajo lo homologue y publique, ya que fue firmado por ambas partes, SEC, UDECA y representantes de la Cámara Argentina de Comercio, CAC y la Cámara Argentina de la Mediana Empresa, CAME.

13 comentarios en “Acordado el Aumento para los Mercantiles, falta la Homologación”

  1. Graciela: estaria bueno si puedes publicar la planilla de como liquidar mayo y junio . Gracias

  2. Hola Gtaciela, la verdad que es bastante complicado me gustaria que publicaras una planilla excel para tomar como referencia para poder liquidar los recibos de Junio, gracias

  3. Lei el acuerdo y no habla sobre como termina de defirse el tema de la antigüedad. ¿Habrá que considerar el acuerdo de enero de 2010? (Este promovía un aumento a ,75% por año desde mayo)

  4. Yo no estoy de acuerdo con que el límite de $900 incluya a los no remunerativos. Si leen el acuerdo, articulo 1 punto II seccion 2 habla de no remunerativos y la seccion 3 del resto de adicionales, ahi menciona el tope de $900.

    «se conviene que lo establecido
    en el acápite I) se calculará sobre:
    1. Las remuneraciones básicas del convenio(…)
    2. Las sumas no remunerativas que le corresponda percibir a cada trabajador (…)con más el importe de pesos setenta y cinco ($ 75.-) (…)
    3. La sumatoria resultante de los suplementos y/o de los adicionales fijos permanentes y/o tickets y/o su equivalente, hasta la suma de novecientos pesos ($ 900.-)

  5. Consulta, los empleados que cobramos en el sueldo bajo el item «A cuenta futuros aumentos» un determinado valor (desde siempre)… este se tiene en cuenta como adicional para el calculo del aumento (hasta un tope de 900)? si es asi… es decir que si cobramos por ej. 1000 como a cuenta de futuros aumentos… solo calculamos sobre 900? (a parte de calcular sobre el basico y las importes no remunerativos)

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