Los Empleados de Comercio finalmente acordaron un aumento salarial del 27% escalonado y acumulado a partir del mes de mayo de 2010. Nos encontramos realizando los cálculos e interpretación del mismo, y en la medida de lo posible iremos publicando las planillas Excel para que nuestros visitantes puedan ir bajando y de la manera mas sencilla poder liquidarse su sueldo. En esta oportunidad les acercamos una para liquidar el sueldo de junio 2010 con el retroactivo de mayo.
Esperamos como siempre sepan interpretarla y de surgir alguna duda o corrección de la misma nos lo hagan saber.
Si bien el ejemplo esta dado sobre la Categoría de Administrativo «A» inicial, al bajarla se pude modificar el básico colocando el que corresponda a tu caso en particular. Al modificar el básico, se actualizarán los demás importes.
Esperamos tu comentario para saber si la misma te es de utilidad y pedimos paciencia ya iremos publicando otros ejemplos.
Bajar Planilla Excel Recibo de Sueldo Empleados de Comercio Junio-2010
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Muchas gracias x responder. Después entendí lo que pasó. En la empresa no dimos el acuerdo de Enero 2010 (los 100) porque hubo un aumento en diciembre que superó los 100 pesos, por eso no la tenía.
Entonces, a ver si ahora entendí bien:
Base de cálculo:
Sueldo básico (sin presentismo)
20% no remunerativo
100
300
100 (los 100 de Enero de 2010 los tomo en cuenta o no para la base de cálculo? porque acá no se dieron por lo que te comentaba)
75
——
xxxxx * 0.15 = Acuerdo Junio 2010**
y además, dos líneas más
Acuerdos Anteriores (20% + 100 + 300)**
Acuerdo Junio 2010 $ 75**
Sobre ** calcular el 0.0833 y me da el presentismo no remunerativo?
Igual, a cada suma puedo hacerla por 1.0833 y dejarlo el presentismo incluido en el acuerdo?
Gracias!
Victoria
Cec. centro empleados de comercio. afiliado
Sec sindicato etc…. hay varias denominaciones en definitiva es la cuota social por afiliados ….. (no art 100 convenio 130/75) cuota social..
igual no importa no tiene mucha significancia gracias
Graciela unas preguntas:
1) esta bien agrupar en el recibo de sueldo todos los acuerdos anteriores como «Acuerdo Anteriores»?
2)Hace falta subclasificar las deducciones en rem y no rem (como en la planilla) o puede ir todo junto? ej: faecys= suma rem+no rem 1 solo renglon.
3)La cuota social al cec (2% afiliados- optativo) se calcula sobre lo no rem tambien?? o se sigue con lo rem como antes?
4) El aporte obra social x unica vez ($50) se carga en aporte extra en el F931? no lleva contribuciones de empleador??
SALUDOS Y GRACIAS
nacho
El acuerdo dice que se debe agrupar lso Acuerdos anteriores para ir luego integrandolo al básico y pagar con esa denominación.
Las deducciones descontadas de esa manera simplifican un poco mas todo este acuerdo que ya de por si es bastante complicado. Pero no habría ningún inconveniente descontar todo junto
Lo del Cec ?
Los $50.- no llevan contribución empleadora y supongo que si se deben cargar como un adiccional en el 931
Graciela,
Muy buena tu planilla. Sólo hay algo que no entiendo de los acuerdos anteriores.
Según tengo yo entendido es
20% (del sueldo básico + presentismo)
100
325 (incluye presentismo)
75
Vi en la fórmula de los acuerdo anteriores que tiene 300+100+100, los otros 100 de qué son? Y no faltarían los 75 que también se usan en la base de cálculo según yo entendí del Artículo 1 – Acápite III, punto 2, cuando dice «más los 75 …. etc.»
Espero tus comentarios, ya que estoy bastante confundida y en el SEC ahora no te atienden más.
Gracias!
Victoria
SUMA FIJA (No Remunerativa) $ 100,00
Acuerdo Colectivo Abril 2008 20% sobre el básico el presentismo se paga como No Remunerativo
Acuerdo Colectivo Abril 2009 $ 300,00
Acuerdo Enero 2010 $ 100,00
PRESENTISMO (No Remunerativo) $ 41,67
La formula no lleva los «Asignación Acuerdo Enero 2010» $ 75,00 ya que estan liquidados aparte y se suman para aplicar el 15% de lo ocntrario lo duplicarias
Hola Graciela, quería consultarte con respecto a la antigüedad si lleva o no el aumento del 15%, porque en tu planilla como no tiene antigüedad no está incluído en la fórmula del cálculo del aumento. Pero en el acuerdo dice que el aumento va sobre las remuneraciones básicas… la antigüedad no se considera como remuneración básica?
Muchas gracias.
KARINA
La antiguedad se paga sobre el básico de convenio solamente