El día de la fecha, el Gobierno Nacional ha aplicado un aumento de la deducción por Seguro de Vida del Impuesto a las Ganancias mediante la publicación del Decreto 59/2019 en el Boletín Oficial. Dicha normativa establece que los contribuyentes pasarán de deducir hasta $996, monto que no se ajustaba desde 1996, a $12.000 en 2019, $18.000 en 2020 y $24.000 en 2021.
La deducción por Seguro de Vida se encuentra contemplada en los incisos b) y j) del artículo 81 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en el año 1997. Con el paso del tiempo, dicho importe quedó desactualizado.
El texto establece que el monto máximo a deducir bajo dicho concepto será el siguiente:
- Período fiscal 2019: $12.000.-
- Período fiscal 2020: $18.000.-
- Período fiscal 2021: $24.000.-
El importe correspondiente a 2021 se ajustará aplicando las unidades de valor tributario (UVT).
Para el período fiscal 2018, los contribuyentes tendrán que tomar como tope máximo a deducir en cada uno de los conceptos indicados en el artículo 1°, al establecido en el tercer párrafo del inciso b) del artículo 81 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Esta medida contempla a las sumas que pagan los tomadores y asegurados por seguros para caso de muerte y mixtos. También a los aportes que corresponden a planes de seguro de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación.
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