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Bancos Devolverán Dinero de las Cuentas Sueldos y Otorgaran Tarjetas de Débito Gratis

Los bancos tendrán que devolver dinero de las comisiones de las cuentas sueldo cobradas desde el día 15 de mayo hasta julio de 2010 que quede efectiva la resolución publicada hoy en el Boletín Oficial. Dicha decisión surgirá de la reunión del Directorio del Banco Central de la República Argentina, BCRA. La noticia será bien recibida por aquellos trabajadores que cobran su sueldo a través de Cajas de Ahorro por las cuentas sueldos. El Ministerio de Trabajo finalmente instrumentó la Ley Nº 26.590 modificando el artículo Nº 124 de la Ley de Contrato de Trabajo. La resolución que lleva el Nº653  establece que: “el funcionamiento de la cuenta sueldo no podrá tener límite de extracciones ni costo alguno para el […]

Los bancos tendrán que devolver dinero de las comisiones de las cuentas sueldo cobradas desde el día 15 de mayo hasta julio de 2010 que quede efectiva la resolución publicada hoy en el Boletín Oficial. Dicha decisión surgirá de la reunión del Directorio del Banco Central de la República Argentina, BCRA. La noticia será bien recibida por aquellos trabajadores que cobran su sueldo a través de Cajas de Ahorro por las cuentas sueldos.

El Ministerio de Trabajo finalmente instrumentó la Ley Nº 26.590 modificando el artículo Nº 124 de la Ley de Contrato de Trabajo. La resolución que lleva el Nº653  establece que:

“el funcionamiento de la cuenta sueldo no podrá tener límite de extracciones ni costo alguno para el trabajador, hasta el importe correspondiente a las retribuciones en dinero que se acrediten a su favor”.

También, la citada Ley establece que: De ahora en adelante, los haberes deberán pagarse mediante alguno de los siguientes mecanismos:

  • Efectivo.
  • Cheque a la orden del empleado.
  • Depósito en cuenta bancaria.

En el caso de Depósito en la cuenta bancaria, al extraer el dinero, no importa la modalidad utilizada, si es por la línea de caja o por cajero automático.

El carácter de extracción de dinero es totalmente gratuito y será extendido inclusive, si el retiro de fondos se efectúa en una red diferente a la que pertenece el banco, además podrá ser red Banelco o Link. Otras de las modificaciones importantes, es que no se podrá cobrar por el envío mensual del resumen y se incluirá una tarjeta de débito sin cargo.

Aún no está definido si los bancos autorizarán débitos automáticos desde ésta, pero en caso de aceptarlos no podrán cobrarle al cliente por dicho servicio.

Además, el trabajador si así lo desea esta autorizado a designar a su cónyuge, conviviente o a un familiar directo como co-titular de su cuenta sueldo para que pueda realizar los movimientos de fondos admitidos y otras operaciones que autorice el titular.

El banco podrá ofrecerle al cliente más beneficios adicionales, como por ejemplo una tarjeta de crédito, los cuales de aceptar los mismos el trabajador lo deberá hacer fehacientemente, ya que estos no están comprendidos ni derivan de lo laboral. Quedarán estos servicios sujetos    a las condiciones pactadas entre la entidad bancaria o financiera y el trabajador.

Los excedentes depositado por el trabajador en su cuenta si tendrán costo.

Recordamos que para que entre en vigencia y se ponga en práctica es necesario la aprobación del Directorio del Banco Central, que es muy probable lo haga en su habitual reunión de los días jueves, luego de lo cual entrará en vigencia.

Una vez aprobada, se prevé que se comunicará la decisión a los titulares de la Asociación de Bancos Argentinos, ADEBA, la Asociación de Bancos Públicos y Privados de la República Argentina, ABAPPRA, y la Asociación de Bancos de la Argentina, ABA.

Esas asociaciones serán las encargadas de retransmitir a los bancos de todo el país a partir de cuándo entrará en vigencia la circular respectiva.

Fuentes cercanas a la operación consideran que el lapso que demandará la entrada en vigencia se demorará alrededor de un mes a partir de su aprobación.

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