Jubilados tristes de la Anses

Empleados de Comercio, Obligación de pagar el Seguro de Retiro «La Estrella»

Los empleados de comercio deben pagar el seguro de retiro La Estrella.

A raíz de las consultas efectuadas por nuestro visitantes informamos la obligación del deposito del pago de un  Seguro de Retiro para todos los trabajadores incluidos en el Convenio de Trabajo 130/75 Empleados de Comercio, ya que este es un beneficio para los trabajadores y en el momento de retirarse del establecimiento es obligación del empleador entregar dicho aportes que servirán como una jubilación privada aparte. En el momento de su desvinculación de la empresa los trabajadores pueden optar por dejar este ahorro en la compañía hasta el momento de jubilarse o bien retirarlo y le será descontada una comisión.

Existen varias jurisprudencia en relación a los años de prescripción aplicable a la obligación patronal de aportar este sistema de Retiro Complementario previsto en el convenio de Trabajo Nº 130/75, el plazo de prescripción es d e10 años. Adjuntamos archivo Word con el Fallo Plenario 319 según Acta Nº 2.527 de fecha 17 de julio de 2008

Bajar Fallo Plenario 319

fallo-seguro-de-retiro-plenario-319-acta-2527.doc

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330 comentarios en “Empleados de Comercio, Obligación de pagar el Seguro de Retiro «La Estrella»”

  1. Hola. Mi consulta es la siguiente: ¿Existe algún fallo firme de la justicia que exima de hacer los aportes del seguro de retiro, a los estudios contables y jurídicos? Y en caso de ser afirmativa la respuesta: ¿Desde qué fecha se aplicaría? Gracias

  2. hola me llamo bruno quisiera saber dos cositas trabajo en eun local de ropa soy vendedor y cobro en la caja estuve 11 meses en negro y despues me paso a 48hs semanales de 12 a 20 de corrido de Lunes a Sabados me paga 1942 y me tiene registrado media jornada en blanco, el seguro la Estrella dice que no es obligatorio, que debo hacer?

  3. Buen dia quisiera saber si corresponde el cobro del seguro estrella cuando se realiza un traspaso de gremio; ya que tengo entendido que el cobro se realiza en caso de renuncia o despido del trabajador.
    En este momento correspondo a UTA y quisiera saber si ellos tambien al igual que Comercio exigen el depòsito de dicho seguro.

  4. Buenas tardes,
    te hago una consulta… como empleador, ¿me puedo dar de baja del seguro «La Estrella» y hacerme cargo personalmente del seguro de retiro privado de mis empleados?

    Muchas Gracias

    1. Mercedes

      Actualmente hay muchos que no estan asegurados y llegado el momento se llega a un acuerdo, legalmente te exigen estar afliado, vos tenes que decidir

  5. Hola. Trabajé en comercio desde febrero de 2004 hasta hoy 31 de diciembre de 2010. Mi empleador me dijo q no paga el seguro La Estrella pero que él me iba a pagar de su bolsillo lo que me correspondía. Hoy vi el monto y me parece muy poca plata, cómo puedo calcular lo que me corresponde????

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