A raíz de las consultas efectuadas por nuestro visitantes informamos la obligación del deposito del pago de un Seguro de Retiro para todos los trabajadores incluidos en el Convenio de Trabajo 130/75 Empleados de Comercio, ya que este es un beneficio para los trabajadores y en el momento de retirarse del establecimiento es obligación del empleador entregar dicho aportes que servirán como una jubilación privada aparte. En el momento de su desvinculación de la empresa los trabajadores pueden optar por dejar este ahorro en la compañía hasta el momento de jubilarse o bien retirarlo y le será descontada una comisión.
Existen varias jurisprudencia en relación a los años de prescripción aplicable a la obligación patronal de aportar este sistema de Retiro Complementario previsto en el convenio de Trabajo Nº 130/75, el plazo de prescripción es d e10 años. Adjuntamos archivo Word con el Fallo Plenario 319 según Acta Nº 2.527 de fecha 17 de julio de 2008
Bajar Fallo Plenario 319
fallo-seguro-de-retiro-plenario-319-acta-2527.doc
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hola quisiera saber si alguien me podria facilitar el tel de la estrella ya que hace mas de 1 mes que voy y la persona que tiene que darme respuestas esta de carpeta medica y no hay otro respoonsable que me atienda .. y saber hasta cuando puedo cobrar
noe
http://www.econoblog.com.ar/9800/empleados-de-comercio-cobrar-el-seguro-de-retiro-la-estrella-%E2%80%93-bajar-formulario-de-rescate/
hola graciela… con respecto al seguro de retiro estrella, conviene cobrarlo o dejarlo hasta jubilarse? en el caso de quererlo cobrar, a que direccion debo dirigirme? gracias.
melisa
Cada uno decide si lo quiere cobrar o lo quiere dejar hasta cuando se jubile. Pero si lo queres dejar asesorate de que este la plata ya que quizas cuando te jubiles tu empleador no hizo el deposito y no existe mas y a quién le vas a reclamar. Te paso un articulo que te dice lo que necesitas y el lugar
http://www.econoblog.com.ar/9800/empleados-de-comercio-cobrar-el-seguro-de-retiro-la-estrella-%E2%80%93-bajar-formulario-de-rescate/
Hola Graciela,
Te comento que el 29/03 deje de trabajar porque la empresa cerro. Como no llegamos a un acuerdo con la indemnizacion, tuve que poner abogados y estamos con el tema del Seclo. Por este motivo, me di por despedida y tengo el intercambio de telegramas con la empresa.Puedo retirar el seguro de la Estrella con estos papeles? o es necesario si o si el telegrama de despido?. Gracias! Vanesa
Vanesa
Si podes con tu telegrama considerandote despedida, asi de paso ya sabes si la empresa te lo deposito o no y lo arreglas en el seglo
hola soy de rio gallegos me gustaria saber a que hora atienden el telefono…. bueno ahora consulta a mi me despidieron en diciembre yo cobre una parte del seguro estrella pero ahora me faltan 6 meses por que los locales tienen distinta razon social. trabaje uno 6 meses y el otro en 4 años y meses pues bien cuando me despidieron me mandaron un solo telegrama con el nombre de una sola razon social y cobre esa parte del seguro como puedo hacer para cobrar los 6 meses, espero sus respuestas gracias besos……..
Buenas noches, queria consultarte por este tema, a mi esposa la desvincularon despuès de haber trabajado 10 años en una empresa que pertenece a empleados de comercio, ella llamo por telèfono al seguro y le comentaron que no correspondìa dicho pago, como es realmente este tema. Gracias
Gerardo
Que lo reclame a su empleador es obligación su pago, que mande una carta documento