El día de hoy, por medio de la publicación de la Resolución 39/2019, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ha habilitado cuentas virtuales para el cobro de jubilaciones, pensiones, Asignaciones Familiares del SUAF, Asignación Universal por Hijo (AUH), Pensiones no Contributivas (PNC) y otras prestaciones. En la normativa el organismo dirigido por Emilio Basavilbaso argumenta esta decisión en la insuficiencia del sistema bancario en todo el territorio argentino.
ANSES considera que las nuevas tecnologías ofrecen herramientas y plataformas de pago digitales que facilitarán que todos los ciudadanos puedan acceder a sus prestaciones.
Esta normativa del organismo incentiva los medios electrónicos de pago al mismo tiempo que se garantiza la igualdad y el acceso al uso de los servicios electrónicos.
Las cuentas virtuales son plataformas que permiten la disposición de dinero electrónico en cuentas no bancariazadas. Las mismas cuenta con una Clave Virtual Uniforme (CVU) que es regulada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) y estará asociada al CUIL del titular.
Con las mismas, los usuarios tienen la posibilidad de enviar y recibir fondos, hacer pagos y efectuar extracciones en efectivo.
Obviamente, para cobrar por dicha vía es necesario tener una dispositivo con conexión a Internet que le permita acceder a la plataforma virtual.
La Dirección de Pago de Beneficios ha creado dos alternativas de pago, las cuales son excluyentes entre si. Para cobrar una prestación de ANSES mediante una cuenta virtual el beneficiario tiene que integrar el padrón que informa el organismo previsional al Prestador de Servicios de Pago (PSP).
El PSP tendrá que poner a disposición del beneficiario todas las instrucciones necesarias para que pueda disponer de su dinero en la cuenta virtual. Dicha compañía tendrá la responsabilidad de ponerse en contacto con cada beneficiario para formalizar la apertura de la cuenta.
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