El día 28 de junio de 2010 fue homologado el acuerdo salarial firmado por los representantes del Sindicato Empleados de Comercio amparados bajo el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75 y las Cámaras Empresarias del sector mercantil con vigencia a partir del 1º de mayo de 2010, pactando un aumento salarial pagado como Suma No Remunerativa que se ira incorporando al básico de convenio a partir de julio de 2011 en cuotas iguales y consecutivas, la Resolución S.T. lleva el Nº 781.
De esta manera queda homologado el Acuerdo Salarial para los Empleados de Comercio Convención Colectiva de Trabajo Nº 130.75 resta homologarse el articulo DECIMO y DECIMO PRIMERO por no ser de incumbencia del ámbito laboral.
AGRADECEMOS LA COLABORACION DE CONTABLE Y Laborales
Bajar Homologacion Nº782 Acuerdo Junio
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