La semana pasada el gobierno anunció la suba de un aumento del 20% en el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias, hoy lunes la Administración Federal de ingresos Públicos, AFIP, lo reglamentó mediante la resolución General Nº 2.866 y 2.867. Se establece que los trabajadores solteros comenzarán a pagar el tributo con un sueldo bruto de $4.818.- y casados con dos hijos a partir de $ 6.663.-
La AFIP emitió dos nuevas resoluciones para reglamentar el aumento del mínimo no imponible en el Impuesto a las Ganancias. El límite para que pague ganancias un trabajador soltero pasa de los $4.015.- a los $ 4.818.- y uno casado con dos hijos de los $5.554.- a los $ 6.662.80, dichos valores representan el 20% del anuncio oficial.
De todas maneras todavía resta, que el Congreso Nacional trate la iniciativa que modificaría el artículo Nº 23 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, para luego convertirla en Ley,lo que desde ya se anticipa un inconveniente en si se deben aplicar los nuevos valores para realizar el cálculo de las retenciones y no se cuente con una norma que avale los cambios desde el Congreso.
Recordamos que este año la Ley de Presupuesto le quitó al Poder Ejecutivo la facultad para modificar el piso salarial en Ganancias. Por lo tanto, el Congreso debe avalar el alivio en los bolsillos de los trabajadores, que ya se encuentra reglamentado por la AFIP.
La Ley de Procedimientos Fiscales habilita al fisco nacional a emitir reglamentaciones y dejar de cobrar los anticipos del impuesto o bien disminuirlos, y posponer el pago del saldo de la Declaración Jurada Anual
Es por eso que la AFIP reglamentó mediante las Resoluciones Nº 2.866 y 2.867 la actualización del Mínimo no imponible y de las cargas de familia.
Nueva Tabla para calcular las retenciones en el Impuesto a las Ganancias, desde Julio a diciembre de 2010.-:
Deducciones Impuesto a las Ganancias año 2010 | |
Concepto | Importe |
A) Ganancias no Imponibles Artículo 2, inciso a) | $ 10.800.- |
B) Deducción por Carga de Familia Artículo 23, inciso b) | |
1 – Cónyuge | $ 12.000.- |
2 – Hijos | $ 6.000.- |
3 – Otras Cargas de Familia | $ 4.500.- |
C) Deducción Especial Articulo 23, inciso c), primer párrafo | $ 10.800.- |
D) Deducción Especial Artículo 23, inciso c), Artículo 79, inciso a), b) y c) | $51.400.- |
Fuente Oficial |
La normativa indica que:
- los nuevos valores deberán ser tenidos en cuenta para calcular las retenciones en Ganancias «correspondientes a los meses de julio a diciembre de 2010».
- «Las diferencias que, por aplicación de los nuevos valores pudieran generarse a favor de los empleados se computarán contra las retenciones a practicarse en los meses restantes del período fiscal».
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cuanto te descuentan segun cada caso. es un % fijo pasando el minimo?
uis
Hay tablas es un acumulado anual que se va haciendo en cada caso
hola yo trabajo un promedio de 88 horas al 50% y 36 al 100 con un basico de 4772 mensual =cuanto me descuenta el impuesto a las ganancias???