La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó en el servicio «Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG)- TRABAJADOR» las nuevas deducciones del Impuesto a las Ganancias en el Formulario 572 Web. Con lo cual, los empleados en relación de dependencia pueden realizar la carga de las mismas para el período fiscal 2018. La fecha de vencimiento de dicha presentación es el 31 de marzo de 2019.
Anualmente, los empleados en relación de dependencia deben informar las deducciones de 4ta. categoría de Ganancias a sus empleadores usando el Formulario 572/Web.
Por medio de la Resolución General 4396/19, AFIP modificó la RG 4003/2017 del régimen de retención del Impuesto a las Ganancias para los sueldos en relación de dependencia. Desde esta semana, el organismo recaudador habilitó esas modificaciones para la carga online.
Las nuevas deducciones son las siguientes:
- Primas que cubran el riesgo de muerte.
- Primas de ahorro, correspondientes a seguros mixtos.
- Aportes correspondientes a los planes de seguro de Retiro Privados.
- Gastos por la adquisición de indumentaria y equipamiento para uso exclusivo en el lugar de trabajo.
Además, en caso de que el trabajador cuente con más de un empleo (Pluriempleo), en el «Detalle de importes mensuales» se ha incorporado el campo «Gastos de movilidad y viáticos». Por medio del mismo, él puede informar a su agente de retención los montos pagados por otros empleadores bajo dicho concepto.
Por el momento no se encuentra operativa la deducción «Adquisición de cuotapartes de Fondos Común de Inversión con fines de retiro» debido a que, hasta el momento, no fue reglamentada por la autoridad de aplicación.
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