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Impuesto a las Ganancias año 2010

Finalmente el aumento del 20% en el Mínimo no Imponible del Impuesto a las Ganancias que otorgó la Administración Federal de ingresos Públicos, AFIP, no fue para nada el esperado por todos, y es por eso que la Confederación General del Trabajo, CGT, y los trabajadores están desanimados. Todos esperaban en el mes de julio de 2010 poder cobrar lo descontado por el organismo fiscal entre enero y junio de 2010. Además hay que tener en cuenta que si bien se incremento un 20% el Mínimo no imponible en el Impuesto a las Ganancias, pero si los salarios durante los últimos dos años recibieron un aumento superior al 20%, los que pagaban ganancias van a seguir pagando. El retroactivo descontado […]

Finalmente el aumento del 20% en el Mínimo no Imponible del Impuesto a las Ganancias que otorgó la Administración Federal de ingresos Públicos, AFIP, no fue para nada el esperado por todos, y es por eso que la Confederación General del Trabajo, CGT, y los trabajadores están desanimados. Todos esperaban en el mes de julio de 2010 poder cobrar lo descontado por el organismo fiscal entre enero y junio de 2010.

Además hay que tener en cuenta que si bien se incremento un 20% el Mínimo no imponible en el Impuesto a las Ganancias, pero si los salarios durante los últimos dos años recibieron un aumento superior al 20%, los que pagaban ganancias van a seguir pagando.

El retroactivo descontado de más en el primer semestre no prevé efectivo inmediato, ya que la AFIP estableció que sea tomado como un pago a cuenta de los futuros descuentos para el resto del año 2010.

Si el descuento no supera el importe a favor del trabajador la diferencia será abonada en el mes de marzo de 2011 cuando se liquide la Declaración Jurada Anual del año 2010. Aquellas personas que a partir de julio y por el aumento del 20% no deban pagar Ganancias, de la misma manera que los de saldo a favor, recibirán el importe en el mes de marzo de 2011.-

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2 comentarios en “Impuesto a las Ganancias año 2010”

  1. Pregunto: en el caso de tener 2 empleos, se suman lo ingresos? y si los haberes no son regulares, estando en ocaciones por encima y en otras por debajo del mínimo no imponible, esto se promedia anualmente?
    Gracias!

  2. Hola, en Julio de 2010 empiezan a transformarse montos no remunerativos a remunerativos en el convenio de comercio, hay alguna escala salarial nueva que muestre el impacto? Porque habria montos que irian al basico.

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