Esta semana el Gobierno dará a conocer una nueva moratoria de la AFIP, amplios planes de pagos para los deudores en los impuestos de los aportes jubilatorios, empleados en relación de dependencia, IVA, Ganancias y Bienes Personales. Los plazos máximos van desde 24 cuotas para los aportes previsionales y 120 cuotas para los restantes impuestos.
Mediante la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, el Gobierno procura reforzar sus ingresos lanzando un nuevo plan de facilidades de pagos, moratoria para cancelar impuestos vencidos y deudas tributarias acumuladas hasta el día 31 de diciembre de 2007.
Contemplaciones del plan de pagos:
- Las deudas impositivas, Contribuciones Seguridad Social, IVA, Ganancias, Bienes Personales hasta 120 cuotas mensuales, esto es 10 años.
- Aportes jubilatorios o de los trabajadores en relación de dependencia hasta 24 meses o 2 años.
- Plan de Facilidades de pago vigentes se podrá reformular y adherir nuevos plazos.
Esta medida según versiones fue decidida por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, luego de una reunión que mantuvo con el jefe de Gabinete, Sergio Massa, el ministro de Economía, Carlos Fernández, y el titular de la AFIP, Claudio Moroni, en momentos en que la oposición denunció que el Gobierno buscar eliminar el régimen de AFJP para financiarse con los fondos acumulados.
Algunos requisitos del nuevo plan de pago:
- Podrán ingresar deudas impositivas y previsionales con la AFIP con vencimientos anteriores al 31 de diciembre de 2007.
- Cuota mínima en 150.- pesos
- Interés del 1,5% mensual sobre los montos adeudados.
- Se permitirá que los contribuyentes puedan reformular los planes vigentes dentro del régimen conocido como «Mis Facilidades». En esos casos, mantendrán el saldo de deuda con la fecha de consolidación original. «De esta forma, quien ya se presentó en un plan de facilidades, no puede pasar a estar en peores condiciones que quien no lo hizo en su momento y se regulariza ahora con la extensión de los plazos», explicaron los funcionarios.
- Se debe cumplir con la deuda posterior a enero del 2008, lo podrá hacer mediante algún plan de facilidades, con un máximo de 6 planes vigentes
De esta manera el contribuyente podrá tener un plan de facilidades de 120 cuotas por la deuda anterior al 31 de diciembre de 2007 y por la deuda posterior hasta el máximo de seis (6) planes simultáneos. Por ejemplo, quien tiene deuda impositiva entre enero y junio, puede pedir pagarla en 3 cuotas. Luego por julio y agosto, puede tener otro plan. Y así sucesivamente. Lo que no puede tener es más de 6 obligaciones mensuales incluidas en planes. La caducidad de un plan de deuda corriente disminuye la cantidad de planes posibles vigentes. «Con esto se busca limitar las futuras moras, mientras se privilegia la regularización de las deudas viejas».
Los contribuyentes que están siendo fiscalizados y dan su conformidad con la determinación de la deuda por parte del fiscalizador pueden sumarse. «Muchas veces rechazan lo que la AFIP calculó de deuda para alargar los tiempos de pago. Si se acogen al plan, consolidan la deuda, evitan los resarcitorios y tienen hasta 120 meses para cancelar lo adeudado».
Para acogerse a la moratoria de la AFIP o plan de pago en tramite se realiza por Internet con debito bancario a través de una cuenta propia o bien una caja de ahorro fiscal gratuita habilitada por la AFIP. Recordemos que el actual plan de pago abarca deudas que incluyen deudas hasta el 31/08/2005 este nuevo plan abarcara deudas hasta el 31 de diciembre de 2007, y habilita plazos mas largos.
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hola: quisiera saber que tengo que hacer si un contribuyente monotributista fue dado de baja de oficio en el afip el 4/2008 por falta de pago; y quiero regularizar su situacion.
Estaria bien acojerlo a un plan de pago por la deuda que tiene hasta la fecha de la baja 4/2008.
Que pasa con ese periodo 5/2008- hasta la fecha
en el cual el no pago nada; estaria bien darle el alta a partir de febrero/2009
Hola, tengo 55 años en este momento estoy trabajando de emplada domestica, tengo aportes desde el año 2007. Anteriormente, tengo 5 años de aportes autónomos, durante un lapso no pude trabajar y por lo tanto no puede aportar. Lo mas grave, es que nadie me informo que debia darle de baja a los aportes y por ende se genero una gran deuda.
Quisiera saber como tengo que hacer, llegado mi edad para jubilarme y completar los años sin aportar. Muchas Gracias.
Maria
quisiera saber si el impuesto a las ganancia año 2007 ingresa en la nueva moratoria
Hola Mariela:
gracias y si te sirve la pagina recomendala a tus conocidos y amigos
Graciela, muchas gracias por la informacion y te felicito por el blog.