La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha publicado en su página oficial (www.afip.gob.ar) la tabla con los nuevos montos de las cuotas Autónomos desde marzo de 2019. Los nuevos importes del pago que deben hacer los contribuyentes inscriptos en el Régimen General (RG) son el resultado de la aplicación del 11,83% de aumento previsto por la Ley de Movilidad Jubilatoria que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) utiliza para ajustar los haberes mensuales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Los nuevos montos de la cuota de Autónomos se aplican desde el período devengado Marzo de 2019, cuyo vencimiento será en abril.
Montos de Autónomos 2019
Categorías mínimas de revista
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías | Importes |
---|---|
I | 1931,20 |
II | 2703,66 |
III | 3862,40 |
IV | 6179,82 |
V | 8497,26 |
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial:
Categorías | Importes |
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I’ | 2112,25 |
II’ | 2957,13 |
III’ | 4224,50 |
IV’ | 6759,18 |
V’ | 9293,88 |
C) Afiliaciones voluntarias:
Categorías | Importes |
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I | 1931,20 |
D) Menores de 21 años de edad:
Categorías | Importes |
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I | 1931,20 |
E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
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I | 1629,45 |
F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
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I | 663,85 |
Categorías de revista vigentes hasta febrero de 2007
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías vigentes hasta febrero de 2007 | Importes |
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A | 1506,29 |
B | 1849,10 |
B’ | 2022,45 |
C | 2471,83 |
C’ | 2703,57 |
D | 3698,12 |
D’ | 4044,82 |
E | 6174,88 |
E’ | 6752,77 |
F | 8637,17 |
G | 12345,01 |
G’ | 13502,35 |
H | 18524,78 |
I | 23174,13 |
J | 23174,13 |
B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
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I | 1270,93 |
C) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
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I | 517,79 |
Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones):
Categorías | Importes |
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I | 6034,99 |
II | 8448,95 |
III | 12069,99 |
IV | 19311,96 |
V | 26553,94 |
Recordemos que el Índice de Movilidad utilizado para aplicar este ajuste se calcula tomando en un 70% los cambios en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que informa el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y en un 30% por la variación en la Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del Ministerio de Producción y Trabajo (MPyT).