El día de la fecha, la Corte Suprema de Justicia definirá si jubilados y pensionados deben seguir pagando Impuesto a las Ganancias. La decisión que tome el magistrado alcanza a unos 200.000 adultos mayores, lo cual representa una disminución en la recaudación de 1.600 millones de pesos. En caso de aprobarse la exención del tributo se tendrá que definir si corresponderá o no una devolución de las retenciones que ya se les efectuaron.
La Corte Suprema deberá debatir sobre el pago de Ganancias por parte de los jubilados y pensionados debido al denominado caso García, el cual inició en 2015 en la Justicia Federal de Concepción del Uruguay.
Luego de la demanda presentada por la adulta mayor, el Juzgado N° 2 declaró que es inconstitucional el cobro de dicho gravamen al sector pasivo de nuestra población, fallo que fue apelado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Dos años después, la Cámara Federal de Paraná confirmó la inconstitucionalidad y rechazó el planteo efectuado por el organismo recaudador recalcando que la jubilación no constituye ganancia y ella ya había abonado el tributo durante su vida activa.
Además, los jueces ordenaron al Gobierno que reembolse lo que se le cobró indebidamente a la jubilada con los intereses correspondientes.
El Fisco no quedó conforme con este fallo por lo cual ahora será el máximo tribunal el encargado de definir qué ocurrirá con la demanda.
Obviamente, si la Corte Suprema falla a favor de García se sentará jurisprudencia por lo cual se masificará.
En 2015 cerca de 300.000 adultos mayores pagaban Impuesto a las Ganancias. Uno de los primeros cambios en el Mínimo no Imponible que realizó Mauricio Macri al asumir su gestión hicieron que queden excluidos más de la mitad pero la reciente modificación en la normativa que se hizo en enero de 2019 se sumaron 47.600 por lo que actualmente son entre 170.000 y 200.000 los jubilados que están alcanzados por el gravamen.
El Mínimo no Imponible de Ganancias para jubilados y pensionados es de seis haberes mínimos. Hasta diciembre de 2018 se aplicaba por recibo por lo cual se comenzaba a tributar desde los 55.854 pesos mensuales por todas las prestaciones previsionales. Desde enero de 2019 se toma por beneficio. Desde marzo, el tope es de 62.462 pesos mensuales.
Por otro lado, en los próximos meses se espera un segundo fallo, el de un amparo colectivo presentado hace más de 10 años por el exdefensor del Pueblo, Eduardo Mondino. La finalidad del mismo es universalizar el reajuste de haberes que se logró en el caso Badaro.
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