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¿Cuándo puedo Reclamar en las Fotomultas?

Al recibir una fotolmulta hay que tener en cuenta algunos factores que podrían permitir que el dueño del vehículo no la tenga que pagar a pesar de que en la misma se note claramente una infracción de tránsito.

Cuando llega una fotomulta, uno piensa que no tiene forma de lograr que se exima al propietario del vehículo de la deuda que esta genera, sin embargo hay algunos factores que podrían hacer que el conductor realice el reclamo correspondiente y no deba abonarla. Por supuesto esto requiere un poco de tiempo y el rechazo por parte de las autoridades de tránsito podría hacer que tras el vencimiento haya que pagar un poco más, sin embargo para algunos vale la pena hacer el intente.

Cabe señalar que lo que se describe a continuación depende de si la jurisdicción en el que se haya cometido la supuesta infracción, adhiere o no a la Ley de Tránsito Nacional.

De acuerdo a la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 modificada por la 26.363, especifica estas condiciones que permitirían realizar un reclamo para no pagar una fotumulta:

  • Los radares con los que se mide la velocidad para realizar las fotomultas, tienen que estar homologados y calibrados por el INTI (Instituto Nacional de Tecnología Industrial).
  • Tiene que haber un cartel que advierta que un tramo de la calle, autopista o ruta, está siendo monitoreada por radares que fiscalizan la velocidad de los vehículos.
  • La notificación al “infractor” tiene que ser entregada en un plazo razonable para garantizar el derecho a defenderse, dado que no es lo mismo que llegue a las pocas semanas de cometida la infracción a que llegue al año. Si llega con mucho retraso, no permite presentar pruebas para defenderse.

Cabe señalar que esta ley no se encuentra vigente en todas las jurisdicciones, por lo que al recibir una fotomulta lo primero que hay que mirar es dónde fue tomada y controlar si ese lugar adhiere o no a esta regulación nacional. No solo influye la provincia, sino que también la ciudad o poblado, dado que pueden tener distintas normativas.

¿Cómo saber si un municipio adhiere a la Ley Nacional de Tránsito?

La información de las provincias y municipios que adhieren a la ley de Tránsito Nacional se encuentra en la página web de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (Click aquí) o bien sacando el Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito (CENAT) en el que figuran las jurisdicciones incluidas. Si no aparece, hay que ver los requisitos y condiciones del lugar de donde proviene la fotomulta.

¿Cómo se reclama por una fotomulta?

Hay que confeccionar una nota escrita para plantear la disconformidad con la fotomulta. No hace falta la intervención de un abogado, sin embargo no siempre es sencillo detectar un error para iniciar la gestión.

En el caso de que falten datos en la fotomulta, tales como fecha de la infracción, lugar o modelo de radar (para constatar que esté homologado por el INTI), se inicia el reclamo con el pie derecho.

¿Que pasa si no es mi vehículo?

Ha habido casos en los que llegan fotomultas con error en la patente como resultado de que el software que las automatiza “lee” de manera incorrecta, confundiendo, por ejemplo, una O con una Q, o una L con una I o una G con una C. En estos casos suele solucionarse enviando un simple mail al municipio de la infracción (consultasdgai@buenosaires.gob.ar para la Ciudad de Buenos Aires).

También puede ocurrir un error si la multa es realizada por un agente de tránsito y este escribe mal la patente, lo cual es fácil de visualizar con la foto que adjunta. Estos casos también suelen solucionarse con un simple e-mail o llamado telefónico.

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