La Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa (Sepyme), dependiente del ministerio de Producción y Trabajo (MPyT), ha establecido los nuevos montos de facturación para ser PyME por medio de la publicación de la Resolución 220/2019 en el Boletín Oficial. Para efectuar la actualización de los importes, el Gobierno Nacional ha considerado las especificaciones propias de los diferentes sectores y su evolución.
Además de adecuar los montos de facturación para las PyMEs, se han incorporado nuevos parámetros.
Para facilitar y agilizar el acceso a créditos, se ha permitido compartir datos con organismos privados. Aquellas Pequeñas y medianas Empresas que decidan no compartir estos datos seguirán contando con los beneficios fiscales del sector.
Se simplificó el trámite para las PyMEs que integran un mismo grupo económico.
Se unificó el cuerpo normativo con el agrupamiento de las resoluciones PyME, de Categorización y de Certificado PyME para facilitar el acceso y gestión.
Micro | Pequeña | Mediana tramo 1 | Mediana tramo 2 | |
Construcción | 12.710.000 | 75.380.000 | 420.570.000 | 630.790.000 |
Servicios | 6.740.000 | 40.410.000 | 337.200.000 | 481.570.000 |
Comercio | 23.560.000 | 141.680.000 | 1.190.400.000 | 1.700.590.000 |
Industria y minería | 21.990.000 | 157.740.000 | 986.080.000 | 1.441.090.000 |
Agropecuario | 10.150.000 | 38.180.000 | 272.020.000 | 431.450.000 |
Las empresas cuyas facturación se ubique dentro de los nuevos montos están en condiciones de acceder a los beneficios administrativos y fiscales de la Ley PyME.
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