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Amplían Exención del Impuesto al Cheque

Amplían exención del Impuesto al Cheque con la finalidad de incentivar la competitividad en el sistema financiero.

Ayer, por medio de la publicación del Decreto 200/2019 en el Boletín Oficial, el Gobierno ha ampliado la exención del Impuesto al Cheque. Previamente a la publicación de dicha normativa, la misma solamente se aplicaba a los depósitos en cuentas corrientes destinados a crear plazos fijos en el mismo banco siempre y cuando el rédito se acredite en la misma. De ahora en más este alivio impositivo también se aplica sin importar la forma en la cual se gestione la constitución siempre que los fondos resultantes sean acreditados en una cuenta bancaria del titular.

Este cambio en la exención del impuesto al cheque busca un crecimiento en la competitividad del sistema financiero otorgando mejores ofertas para los inversores.

Sin embargo, los inversores están exentos por los débitos de fondos que realicen para constituir plazos fijos en la misma entidad bancaria en la cual se encuentra la cuenta corriente y los créditos provenientes de la acreditación de los mismos a su vencimiento. Esto sólo se aplica si a la fecha de vencimiento o cuando venza su renovación la totalidad de la renta sea acreditada en la cuenta corriente de su titular.

Tras la publicación del decreto, la exención es aplicada siempre y cuando, al vencimiento del plazo fijo y de sus renovaciones, el dinero sea acreditado en una cuenta corriente de su titular.

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