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Nuevo aplicativo del impuesto al valor agregado

A partir del día 3 de abril del 2007 la declaraciones juradas de IVA, se deberán presentar solo por Internet con el aplicativo IVA Versión 5.2: Novedades de esta nueva versión: Compras de Reactivos Químicos: Las estaciones de servicio podrán informar con este nuevo aplicativo el detalle de los pagos a cuenta efectuados correspondientes a las compras de los reactivos químicos necesarios para la detección de marcadores químicos, en virtud de lo establecido por la Ley N° 26.111 y con las limitaciones del Decreto N° 1633/06. Los contribuyentes que hubieran efectuado presentaciones en las cuales se hubieran computado dichos pagos a cuenta, deberán efectuar una nueva presentación utilizando el nuevo aplicativo para la generación del formulario (conteniendo el detalle informativo […]

A partir del día 3 de abril del 2007 la declaraciones juradas de IVA, se deberán presentar solo por Internet con el aplicativo IVA Versión 5.2:

Novedades de esta nueva versión:
Compras de Reactivos Químicos: Las estaciones de servicio podrán informar con este nuevo aplicativo el detalle de los pagos a cuenta efectuados correspondientes a las compras de los reactivos químicos necesarios para la detección de marcadores químicos, en virtud de lo establecido por la Ley N° 26.111 y con las limitaciones del Decreto N° 1633/06. Los contribuyentes que hubieran efectuado presentaciones en las cuales se hubieran computado dichos pagos a cuenta, deberán efectuar una nueva presentación utilizando el nuevo aplicativo para la generación del formulario (conteniendo el detalle informativo correspondiente).
Presentación: las declaraciones juradas generadas mediante el nuevo programa aplicativo deberán ser presentadas exclusivamente mediante transferencia electrónica de datos a través de Internet. Esto podrá hacerse de las siguientes maneras:
Con clave bancaria: ingresando a www.pagoslink.com.ar, www.pagosmiscuentas.com, www.interbanking.com.ar o mediante las páginas de los bancos habilitados.Las entidades bancarías sólo recibirán en forma personal los pagos correspondientes a las mencionadas declaraciones juradas
Con clave fiscal: utilizando el servicio «Presentación de Declaraciones Juradas y pagos», desde el sitio web de la AFIP .

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