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AFIP, nuevo régimen de Facilidades de Pago

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, incorpora al sistema Mis Facilidades un nuevo régimen especial de FACILIDADES DE PAGO, para el  cumplimiento voluntario de sus obligaciones fiscales. Condiciones del  nuevo plan Conceptos incluidos: Aquellos vencidos hasta el día 31/12/2007, correspondientes a: Obligaciones Impositivas Recursos de la Seguridad Social Multas y cargos suplementarios por tributos a la exportación o importación Actualizaciones, intereses y multas correspondientes a los conceptos antes mencionados. La tasa de interés Financiero: 1.5% sobre saldo y las cuotas serán: Serán mensuales y consecutivas, operando el vencimiento el día 16 de cada mes, siendo debitadas en la cuenta correspondiente a la CBU informada. La cantidad máxima a solicitar dependerá del tipo de deuda incluida y del monto total […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, incorpora al sistema Mis Facilidades un nuevo régimen especial de FACILIDADES DE PAGO, para el  cumplimiento voluntario de sus obligaciones fiscales.

Condiciones del  nuevo plan

Conceptos incluidos: Aquellos vencidos hasta el día 31/12/2007, correspondientes a:

  • Obligaciones Impositivas

  • Recursos de la Seguridad Social

  • Multas y cargos suplementarios por tributos a la exportación o importación

  • Actualizaciones, intereses y multas correspondientes a los conceptos antes mencionados.

La tasa de interés Financiero: 1.5% sobre saldo y las cuotas serán:

  • Serán mensuales y consecutivas, operando el vencimiento el día 16 de cada mes, siendo debitadas en la cuenta correspondiente a la CBU informada.

  • La cantidad máxima a solicitar dependerá del tipo de deuda incluida y del monto total de la deuda consolidada

TIPO DE DEUDA CANTIDAD MÁXIMA DE CUOTAS
Retenciones y percepciones impositivas 24
Impositiva y de los recursos de la seguridad social -excepto retenciones y percepciones impositivas y los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia 120
Aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia. 24
Multas impuestas o cargos suplementarios formulados por el servicio aduanero por tributos a la importación o exportación 120

El componente de capital de las cuotas no podrá ser inferior a $ 150. La primera cuota tampoco podrá ser inferior al 3% de la deuda, las restantes cuotas serán iguales en cuanto al valor de capital (es decir sin considerar el interés de financiación).

Como solicitar el Plan

  1. Ingresando a la pagina de la AFIP con su Clave Fiscal

  2. Servicio “MIS FACILIDADES”

  3. Seleccionar la opción “PLAN ESPECIAL – Deuda vencida al 31 de diciembre de 2007”, la que se encontrará disponible a partir del 20 de Noviembre.

  4. Detallar cada una de las obligaciones que incluyen en este plan, la cantidad de cuotas que solicita y la C.B.U. en la que se efectuarán los débitos de las cuotas.

Tener en cuenta que:
 

Es necesario que la deuda este exteriorizada, de no ser así, deberá presentar las declaraciones juradas originales y/o rectificativas correspondientes.

Vencimientos

Tiene tiempo para adherirse al régimen hasta el 31 de Marzo de 2009
 

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1 comentario en “AFIP, nuevo régimen de Facilidades de Pago”

  1. quisiera saber que papeles debo presentar para poder abrir un comersio siendo monotributista. es decir que documentacion del local y mios.
    desde ya agradecere su respuesta.
    saluda atte: FRANCO ARMANDO

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