Las obras sociales y prepagas deben cubrir con un monto de dinero a las personas celíacas para la compra de alimentos y productos de primera necesidad. Recientemente el gobierno dispuso un aumento en esta cuota, debido a que los productos sin T.A.C.C. aun son más caros que el resto a pesar que son cada vez más fáciles de conseguir más allá de la Ley Celíaca, dado que muchas personas los eligen por ser más saludables.
Recordemos que los pacientes celíacos son son intolerantes a al gluten, conjunto de proteínas presentes en el trigo, avena, cebada y centeno y sus derivados. La mayoría de los productos en las góndolas de los mercados los contienen.
Las personas que padecen esta enfermedad crónica, no solo no deben ingerir productos con gluten, sino que tampoco pueden utilizar cosméticos que contengan harina de trigo ni ningún otro componente que tengan este conjunto de proteínas.
Además, aunque un alimento o producto no tenga entre sus ingredientes harinas con gluten, deben ser producidos en cocinas o espacios en los que no haya contaminación con el mismo, lo cual encarece el proceso.
Los productos sin TACC cada vez son más fáciles de conseguir tanto en kioscos, como en dietéticas y supermercados, dado que aunque uno no sea celíaco, la harina de trigo, presente en la mayoría de los empaquetados, suele inflamar el intestino, produciendo hinchazón, diarrea o estreñimiento. Sin embargo, son notablemente más caros que los que sí contienen gluten.
Debido a esta disparidad de precios, uno de los artículos de la Ley Celíaca prevé que:
«Las obras sociales enmarcadas en las leyes 23.660 y 23.661, la obra social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social par para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las universidades, así como también todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que posean, deben brindar cobertura asistencial a las personas con celiaquía, que comprende el tratamiento de la misma, incluyendo las harinas, premezclas u otros alimentos industrializados en su condición de libres de gluten».
Cabe señalar que IOMA (Instituto de Obra Médico Asistencial), entidad de la Provincia de Buenos Aires, no está dentro de las obras sociales abarcadas por el artículo 9 de la ley sobre celiaquía, por lo que no brinda este subsidio. Sin embargo, la provincia ofrece un subsidio a través del Banco Provincia.
Anteriormente el subsidio era de $479,26 al mes. Ahora, la Secretaría de Gobierno de Salud anunció el día lunes en el Boletín Oficial, un aumento del 87% en el reintegro que reciben los celíacos, por lo que el monto actualizado es de 900,09 pesos.
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