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AFIP: Devolución de IVA por Edición de Libros y Publicaciones Periodísticas Digitales

Solicitar Devolución de IVA por Edición de Libros y Publicaciones Periodísticas Digitales a AFIP.

El día de la fecha, por medio de la publicación de la Resolución General 4485 en el Boletín Oficial, AFIP ha agilizado la devolución del IVA para contribuyentes que efectúen impresión y/o producción editorial de libros, folletos e impresos similares, o de diarios, revistas y publicaciones periódicas como así también las ediciones periodísticas digitales de información en línea y sus distribuidores.

Los sujetos comprendidos por la normativa pueden solicitar la acreditación, devolución o transferencia de sus saldos a favor en el Impuesto al Valor Agregado de una forma simple.

En la normativa, el organismo recaudador recalca que estas operaciones se encuentran exentas en el mercado interno por lo cual generan derecho al cómputo de crédito fiscal en la Declaración Jurada (DDJJ) del IVA.

El pedido debe ser realizado por el contribuyente utilizando el software «IVA –SOLICITUD DE REINTEGRO DEL IMPUESTO FACTURADO – Versión 5.0. Release 6» que está disponible en la sección de «Aplicativos» de la página oficial de AFIP.

Al solicitar el beneficio se deberá presentar las facturas que hayan sido emitidas con vinculación a las operaciones exentas, el contrato que se haya celebrado por el servicio prestado y el Formulario 404, en el cual debe consignarse si existe o no vinculación económica con el proveedor. También se tendrá que indicar si está o no acogido a leyes, decretos o regímenes especiales que otorgan igual tratamiento que las exportaciones y si cuenta con deudas impositivas o de los recursos de la seguridad social.

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