La normativa es debido a las muchas inquietudes que fueran puestas de manifiesto por los titulares de medios de comunicación, mediante la cual se adecua el procedimiento que fuera implementado mediante la Resolución Conjunta N° 132 de la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Nº 2.807 de la AFIP, para que se pueda cancelar las deudas fiscales y previsionales de los titulares de medios de comunicación, a efectos de facilitar el cumplimiento y la aplicación del régimen.
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