A pedido de nuestro visitantes y como ya es nuestra costumbre publicamos la planilla Excel correspondiente a la liquidación del mes de Agosto de 2010 para los trabajadores que se rigen por el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75 para los Empleados de Comercio con el fin de posibilitarles que bajándola a su computadora y modificando los datos con los que pertenezcan a su situación personal, puedan realizar su recibo de sueldo.
Al bajar la planilla Excel que adjuntamos podrán liquidar el sueldo de los Empleados de Comercio, Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, del mes de agosto de 2010.
La misma esta realizada sobre la base de un trabajadora de la categoría Administrativo “A” con tres años de antigüedad en la empresa, pero se pude modificar el valor de la categoría y la cantidad de años trabajados y los cálculos se realizaran con esos nuevos valores.
Tener en cuenta que en esta oportunidad debido al último acuerdo firmado entre el Sindicato y las Cámaras empresarias, se debe partir de los montos del mes de junio de 2010, que se encuentran en la parte inferior de la página. Solamente debes poner allí el monto de tu básico del mes de junio de 2010 y en la parte de antigüedad,pone la cantidad de años que tengas cumplido en tu trabajo.
Como siempre, quedamos a la espera de que nos comentes si la planilla Excel publicada te es de utilidad o cualquier duda que te surja.
Baja la Planilla Excel Liquidar Agosto 2010 Empleados de Comercio
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Hola Graciela! mi consulta es porque a mi me liquidaron el sueldo de julio poniendo todos los acuerdos juntos y teniendo descuentos en jubilacion, obra social, etc etc por esos acuerdos «para ahorrarse el trabajo de ir agregandolos de a poco» porque segun el contador, el articulo ocho asi lo permite (yo tengo entendido otra cosa) esta bien lo que me hicieron, mi basico no aumento! no me pusieron mi presentismo no remunerativo ni nada… solo
Sueldo basico
premio
presentismo
acuerdo 2008
acuerdo 2009
acuerdo enero 2010
sumaron y de ahi hicieron los descuentos…
Carolina
El acuerdo dice que se puede imcorporar a los básicos todo junto pero tiene que haber modificado tu basico
Graciela, veo que en la liquidación de agosto tomás el 15% del acuerdo junio sobre los montos de básico y acuerdos anteriores del mes de junio y no sobre los montos vigentes en el mes en curso. En el acuerdo no está especificado ese tema. ¿Está avalada esa interpretación?
María
En la pagina del sindicato publicaron unos ejemplos, comparalos
Graciela, muchas gracias por toda tu info. Queria consultarte lo siguiente:
Soy empleada de call center y trabajo 35 hs semanales. Debido a la modificacion de la ley de trabajo si trabajo mas de 32 hs deberian pagarme como jornada completa. Serias tan amable de comentarme como hacer valer ese derecho y de cuanto seria un sueldo de un auxiliar esp B. Estamos por empleados de comercio.
Gracias!!
Tamara
La jornada de los Call center no es de 48 horas semanales es de 36
Hola Graciela;
Existe algún límite en el monto total para el aumento del acurdo de empleados de comercio? Es decir, hay un límite de donde se hacen los cálculos. Pero me dijeron que ya supere el monto a aumentar por ende los dos próximos aumentos (el de septiembre y Noviembre) no me lo van a pagar porque no me corresponde que me lo paguen. Es así?
Graciela muy entendible la planilla.
Lo único es que tanto para los acuerdos anteriores como para el de Junio no has tomado en cuenta la antigüedad, que para mi en los acuerdos anteriores debe ir la antigüedad que le correspondió en Junio, y en el acuerdo Junio si debe ir la antigüedad del mes corriente.