La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (Comarb) ha aprobado la creación del nuevo Registro Único Tributario – Padrón Federal (RUT-PF) por medio de la Resolución General 5/19. El mismo será administrado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y por las jurisdicciones adheridas, las cuales, conforme al Anexo I de la normativa, son todas exceptuando a San Luis y Formosa.
El Registro Único Tributario tiene como finalidad que se puedan conformar bases imponibles a nivel nacional para el pago de impuestos usando datos de Ingresos Brutos (IIBB) y tributos nacionales.
Las jurisdicciones tendrán la posibilidad de incorporar a este régimen tanto a los contribuyentes del convenio multilateral como a los locales. Para hacerlo deberán hacer la reglamentación correspondiente.
Para acceder al RUT-PF será necesario ingresar a la página de AFIP con el CUIT y la Clave Fiscal. Dentro del servicio Sistema Registral se deberán indicar las altas, bajas y modificaciones en el convenio multilateral o en cada jurisdicción.
En la normativa se indica que este padrón federal evitará la múltiple inscripción en organismos provinciales, nacionales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
Algunas provincias trabajan de forma conjunta con AFIP para llevar adelante el Monotributo Unificado, el cual combina el monotributo nacional con el régimen simplificado de ingresos brutos provincial.
Este nuevo sistema permitirá obtener una mirada más integral de cada uno de los contribuyentes.
Para llevar adelante este régimen es necesario unificar el nomenclador de actividades económicas para conocer a actividad que desempeña el sujeto. Con lo cual, en el Anexo III de la RG 5/19 se realiza una migración de la información de cada contribuyente inscripto con anterioridad a la entrada en vigencia del mismo.
Próximamente se definirá un cronograma que establecerá la fecha en la cual cada jurisdicción comenzará a aplicar el nuevo Registro Único Tributario.
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