Cuaderno con logo de AFIP sobre un escritorio

Como se debe ingresar el 6% correspondiente a la obra social, de las sumas No Remunerativas.

Los sindicatos negociaron aumentos otorgados como Sumas No Remunerativas, de las cuales se debe aplicar los aportes y contribuciones solamente para la obra social. Dicho aportes y contribuciones si se trataban de hacer mediante el aplicativo, se debía desdoblar la base de cálculo del aporte y de la contribución con destino a la obra social en remuneraciones distintas (4 y 2 respectivamente), y como los Sindicatos negociaron aumentos otorgados mediante sumas no remunerativas que contribuían y aportaban a la obra social solamente, estas sumas “semi-contributivas” se sumaban a la Remuneración 4 a los efectos de este cálculo. Mediante la nueva Versión 30, si se suman a la Remuneración 4 calcula el aporte y no la contribución de Obra Social. Pero […]

Los sindicatos negociaron aumentos otorgados como Sumas No Remunerativas, de las cuales se debe aplicar los aportes y contribuciones solamente para la obra social.

Dicho aportes y contribuciones si se trataban de hacer mediante el aplicativo, se debía desdoblar la base de cálculo del aporte y de la contribución con destino a la obra social en remuneraciones distintas (4 y 2 respectivamente), y como los Sindicatos negociaron aumentos otorgados mediante sumas no remunerativas que contribuían y aportaban a la obra social solamente, estas sumas “semi-contributivas” se sumaban a la Remuneración 4 a los efectos de este cálculo.

Mediante la nueva Versión 30, si se suman a la Remuneración 4 calcula el aporte y no la contribución de Obra Social. Pero si se suman a la Remuneración 2, calcula la contribución obra social y además el 10,17 % de Jubilación y el 1,50 % de INSSJP, lo que no corresponde.

Por lo tanto para abonar «Contribuciones de Obra Social» por el aumento no remunerativo mencionado, dicho monto debe indicarse en el campo «Importe Adicional de Contribuciones» de la pestaña Obra Social.

Seguinos

18 comentarios en “Como se debe ingresar el 6% correspondiente a la obra social, de las sumas No Remunerativas.”

  1. Hola Graciela! las liquidaciones que se hacen on line por Su Declaraciòn ya tienen la versión actualizada para liquidar noviembre? Gracias.

  2. El tema de las Contribuciones da perfecto colocando la diferencia en la pestaña de la Obra Social, pero lo que no me coincide es el aporte al ANSSAL

  3. Gracias Graciela..de esta manera me dan ok las liquidaciones, pero solamente para aquellos que les liquido por jornada completa.
    En el caso de los empleados que tienen jornada reducida (75%) o media jornada (4hs), por mas que le efectue los descuentos en base a la jornada completa, al completar el 6% en la solapa de contribuciones, no me dá de acuerdo a la planilla borrador.
    Gracias.

Los comentarios están cerrados.