El día de la fecha, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha establecido nuevos parámetros para el pago de anticipos de Ganancias y Bienes Personales por medio de la publicación de las Resoluciones Generales 4522 y 4523 en el Boletín Oficial. El cálculo de los mismos deberá ser realizado a partir de la base imponible del período fiscal 2018 pero con las deducciones y escalas de 2019.
En las normativas, el organismo actualizó las deducciones personales y la escala del Impuesto a las Ganancias. Además se introdujeron los cambios en Bienes Personales previstos en la Ley 27.480.
En el caso de Ganancias, tras la reforma tributaria, los montos de han actualizado de acuerdo a la variación anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). Se toman los cambios de los indicadores de octubre a octubre.
El Ripte de octubre de 2017 fue de $25.843,46 y el de octubre de 2018 de $33.154,28. Con lo cual, el ajuste es del 28,29.
Nuevas deducciones de Ganancias
Deducción | Monto |
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Mínimo no imponible | $85.848,99 |
Deducción especial | $412.075,14 |
Cónyuge | $80.033,97 |
Hijos menores de 18 años | $40.361,43 |
Servicio doméstico | $85.848,99 |
Nueva escala de bienes personales
Valor total de los bienes que excedan el mínimo no imponible | Pagarán $ | Más el % | Sobre el excedente de $ | |
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Más de $ | A $ | |||
0 | 3.000.000 inclusive | 0 | 0,25 | 0 |
3.000.000 | 18.000.000 inclusive | 7.500 | 0,50 | 3.000.000 |
18.000.000 | en adelante | 82.500 | 0,75 | 18.000.000 |
La reforma tributaria ha dispuesto un nuevo mínimo exento de 2 millones de pesos y una exención para la casa habitación de hasta 18 millones de pesos.